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29/04/2024
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Fuente: BOCM
El BOCM publica hoy la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se actualizan los módulos y las cuantías relativas a la subvención de los servicios de asistencia jurídica gratuita de la Comunidad de Madrid.

Destacamos la modificación al alza de las cuantías aplicables en los módulos económicos de subvención a los procuradores.

La presente orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOCM. No obstante, las cuantías aprobadas en la presente orden se aplicarán a todas las actuaciones justificadas desde el 1 de enero de 2024 por los profesionales designados de oficio, salvo los nueve baremos nuevos (4 para procuradores) aprobados en la presente orden, que se aplicarán a las efectivamente realizadas desde el 1 de enero de 2024.
29/04/2024
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Con el fin de facilitar la actualización de las agendas profesionales recordamos las fiestas nacionales y locales del mes de mayo, en las que permanecerán cerradas delegaciones y/o sedes del ICPM:

Día 1: todas las sedes y delegaciones. Fiesta del Trabajo.
Día 2: todas las sedes y delegaciones. Fiesta de la Comunidad de Madrid.
Día 6: delegación de Valdemoro.
Día 9: delegación de Getafe.
Día 15: sedes y salones en Madrid-capital. Delegaciones de Alcobendas, Coslada, Móstoles, Navalcarnero.
Día 20: delegación de Getafe.
Día 30: delegación de Aranjuez.
26/04/2024
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En el día de hoy hemos recibido los importes correspondientes a J.G. de marzo, y T.O. de los meses de diciembre, enero, febrero y marzo de la Comunidad de Madrid; así como noviembre, diciembre y enero del Ministerio, por lo que procederemos a su abono a los colegiados a la mayor brevedad.
25/04/2024
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La Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia certifica que a lo largo del día de ayer 24 de abril, se produjeron anomalías en el sistema que no han permitido su correcto funcionamiento.
25/04/2024
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Real Decreto 407/2024, de 23 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.

La persona encargada del Registro -siempre que no se trate de información reservada- informará de los datos a instancia de cualquier órgano de las Administraciones Públicas o Colegio Profesional ante el que se tramite un procedimiento para acceder a profesiones, oficios o actividades que impliquen un contacto habitual con personas menores de edad, así como para su ejercicio.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.