Facilitamos enlace al Acta de Junta Sectorial de Jueces recibida, del partido judicial de Torrejón de Ardoz y con fecha 9 de abril, en la que se manifiesta "el más rotundo, absoluto y firme rechazo a la transformación, por Real Decreto Ley, de un Juzgado de Instrucción en Juzgado de Violencia sobre la Mujer".
El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid publica hoy la Orden de 26 de marzo de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se modifica la Orden de 21 de febrero de 2025, por la que se actualizan los módulos y las cuantías relativas a la subvención de los servicios de Asistencia Jurídica Gratuita de la Comunidad de Madrid:
- El nuevo baremo cubre las actuaciones letradas en los requisitos previos de procedibilidad a los que hace referencia la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero.
- La presente Orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOCM. No obstante, las cuantías aprobadas en la presente Orden se aplicarán a todas las actuaciones efectivamente realizadas desde el 3 de abril de 2025 por los profesionales designados de oficio.
Reunidos en Junta, el día 21 de marzo, los letrados de la Administración de Justicia de los Juzgados números 22, 23, 24, 25, 27, 28, 29, 66, 75, 76, 79 y 93 de 1ª Instancia, así como las letradas de los Juzgados nº 80 y 85, por delegación, especializados en materia de familia de Madrid, acuerdan dar unos criterios generales sobre el requisito de procedibilidad exigidos una vez entre en vigor la Ley Orgánica1/2025.
Adaptación del Portal de Subastas BOE a lo previsto en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, y cambios relevantes en su forma de celebración, entre los que destacan el carácter secreto de las pujas y la imposibilidad de prórroga de las subastas.
🔴 La Comisión de Subastas del ICPM dispone de un servicio gratuito de consultas para colegiados en comision.subastas@icpm.es
Facilitamos enlace a la guía de funcionamiento de la herramienta "Portal de Interoperabilidad de Medios Adecuados de Solución de Controversias (PIMASC)", del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Esta herramienta estará en funcionamiento próximamente y está diseñada para proporcionar un formulario normalizado mediante el cual poder acreditar el cumplimiento del requisito de procedibilidad en asuntos civiles o mercantiles.
El documento generado por PIMASC, de ser necesario podrá aportarse como adjunto en LexNET, debiendo catalogarse como: DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA INTENTO ACTIVIDAD NEGOCIADORA MASC (PMS).
Las funcionalidades principales que la herramienta PIMASC ofrecerá en una primera fase son: informar de una conclusión asociada a un proceso MASC; visualizar la información de las conclusiones MASC registradas en la herramienta y descargar un justificante con dicha información; recopilar datos estadísticos relativos a los procesos MASC.