
- Facilitan actuaciones telemáticas como vistas, declaraciones e interrogatorios a distancia, garantizando la identificación y autonomía de los intervinientes.
- Ofrecen garantía y seguridad jurídica, con plenos efectos procesales entre distintos lugares.
- Salas homologadas por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y R. Cortes, y el Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica (CTEAJE).
- En la sede del ICPM, al servicio de colegiados procuradores, otros profesionales y ciudadanía. Información en dpto.secretaria@icpm.es
- Vídeo presentación
- Normas (aprobadas el 24 de junio de 2025)
El Real Decreto Ley 16/2020, de 28 de abril, contempló la forma telemática como el modo preferente de celebración de las actuaciones judiciales. La Ley Orgánica del Poder Judicial posibilita las actuaciones por videoconferencia u otro sistema similar, siempre que permita la comunicación bidireccional y simultánea de la imagen, sonido y la interacción visual, auditiva y verbal.
En el artículo 62 del Real Decreto Ley 6/2023, de 19 de diciembre, se definen los puntos de acceso seguros y los requisitos mínimos que se deben cumplir.
Tarifas por el uso de las Salas Seguras del ICMP:
- Procuradores colegiados del ICMP: 20 € hora + IVA. Por cada 30 m o fracción adicional se cobrará un 25 % más.
- Procuradores colegiados del ICMP acompañados de abogados u otros: 50 € hora + IVA. Por cada 30 m o fracción adicional se cobrará un 50 % más.
- Procuradores de otros Colegios, abogados y otros: 50 € hora + IVA. Por cada 30 m o fracción adicional se cobrará un 50 % más.
El abono de la reserva de sala se realizará previa solicitud, y se aportará justificante de transferencia: Banco Santander ES72 0075 0322 8206 0039 8913, en concepto “Uso Sala Segura” y nombre completo.
Se abonará por el profesional interviniente, salvo indicación de facturar a nombre de un tercero. Facturación mínima de 1 hora; el abono por uso adicional se realizará terminado el uso de la sala. Únicamente se devolverá la reserva por resolución judicial de suspensión o no autorización de la celebración del acto a través de este medio telemático.