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09/06/2025
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Fuente: CGPE
El Consejo General de Procuradores de España (CGPE) ha ofrecido hoy su Instituto de Mediación para resolver el conflicto y evitar la confrontación entre las asociaciones profesionales de jueces y fiscales y el legislativo español (Congreso de los Diputados; y Senado, como cámara de segunda lectura).

El CGPE ya se reunió con representantes de las 5 asociaciones de jueces y fiscales que se oponen a la nueva legislación y que ya han convocado huelgas y protestas para los próximos días. El presidente de la Comisión de Mediación del CGPE, José Antonio Fandiño, planteó a jueces y fiscales aprovechar la desavenencia para poner en marcha un protocolo de mediación que evite la confrontación, la judicialización del asunto y sirva de ejemplo a la sociedad española.

"Creemos que la reforma es notablemente mejorable y una mediación puede ayudar mucho al legislador, tanto para potenciar los méritos y capacidades en el acceso a la carrera judicial, como en su tramitación", explicó Alberto García Barrenechea, secretario del CGPE y decano de Madrid. Barrenechea considera clave que la reforma legislativa, "en vez de realizarse por trámite de urgencia será más constructiva y consensuada si se realiza por el trámite ordinario, lo que hace necesario recabar informes y permitiría la mediación a la que nos ofrecemos".
06/06/2025
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Facilitamos enlace al documento que nos remite la Dirección General de Transformación Digital, informando sobre la presentación de Apoderamiento Apud Acta a través de la sede electrónica.

A partir de ahora se podrán presentar Poderes Apud Acta los 365 días del año, las 24 horas gracias a la presentación electrónica a través de la aplicación Sede Judicial Electrónica.
05/06/2025
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Recibimos comunicación de la Secretaría de Gobierno de la Audiencia Nacional sobre el próximo traslado de juzgados, tribunales y servicios, de calle Goya n.º 14 a una nueva sede en el Paseo de la Castellana n.º 14, de Madrid.

El traslado se va a efectuar de forma gradual DESDE EL PRÓXIMO LUNES DÍA 9 hasta el día 20 del presente mes de junio.

Información de interés:

- Los números de teléfono de los juzgados, secciones y servicio común de registro y reparto no varían con el cambio de sede.

- Las direcciones de los correos electrónicos no varían con el cambio de sede.

- Posibles cambios de fechas o de salas donde celebrar los juicios serán comunicados directamente por los órganos judiciales.
05/06/2025
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Fuente: BOCM
El BOCM publica hoy el Decreto 35/2025, de 4 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la asistencia jurídica gratuita en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

El presente decreto se enumera en 49 artículos, distribuidos en un Título Preliminar y 6 títulos más, una disposición transitoria que establece la normativa por la que se regirá la tramitación de las solicitudes de asistencia jurídica gratuita presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de este decreto, una disposición derogatoria que deja sin efecto el anterior Decreto 86/2003, de 19 de junio y la Orden de 21 de febrero de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local por la que se actualizan los módulos y las cuantías relativas a la subvención de los servicios de Asistencia Jurídica Gratuita de la Comunidad de Madrid, modificada, a su vez, por la Orden de 26 de marzo de 2025, de la misma consejería.

El ANEXO I recoge el formulario normalizado de solicitud de asistencia jurídica gratuita, el ANEXO II regula las bases económicas y módulos de indemnización a aplicar a las distintas actuaciones de los profesionales en los procedimientos judiciales. Por último, el ANEXO III regula el momento del devengo de la indemnización de las actuaciones de los profesionales designados en turno de oficio.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOCM.
03/06/2025
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Fuente: BOE
El BOE publica hoy el Real Decreto 422/2025, de 3 de junio, por el que se dotan nuevas plazas en Secciones de Violencia sobre la Mujer, se crean Secciones de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, y se amplía y modifica la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal.

- Artículo 3. Creación y constitución de Secciones de Violencia sobre la Mujer y de plazas en Secciones de Violencia sobre la Mujer. En la Comunidad de MADRID:

. Plaza número 12 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Madrid.
. Plaza número 13 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Madrid.
. Plaza número 14 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Madrid.
. Plaza número 2 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Arganda del Rey.

- Artículo 4. Transformación de plazas de Sección de Instrucción en plazas de Sección de Violencia sobre la Mujer. En la Comunidad de MADRID:

. La plaza número 6 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Móstoles, en funcionamiento, se transforma en la plaza número 2 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Móstoles.
. La plaza número 6 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Alcalá de Henares, en funcionamiento, se transforma en la plaza número 2 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Alcalá de Henares.

- Artículo 5. Creación y constitución de Secciones de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia. En la Comunidad de MADRID:

. Plaza número 1 de la Sección de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia del Tribunal de Instancia de Madrid.

- La fecha de efectos del inicio de actividad de las nuevas plazas de Secciones de Violencia sobre la Mujer a que se refiere el artículo 3 del presente real decreto será el 31 de diciembre de 2025
- La fecha de efectos del inicio de actividad de las nuevas Secciones de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia a que se refiere el artículo 5 del presente real decreto será el 31 de diciembre de 2025.
- No obstante, si llegadas las fechas indicadas en los apartados anteriores no estuviera constituida la Oficina Judicial en alguno de esos Tribunales de Instancia, la efectividad de la creación o transformación de plazas del Tribunal de Instancia en que concurra esa circunstancia, así como la efectividad de la agrupación de partidos judiciales que le corresponda, se diferirá hasta la fecha de efectiva constitución de la Oficina Judicial.