Cómo ya venimos informado, el fin del Servicio será gestionar la tramitación durante el mes de vacaciones por parte de los Procuradores del Turno de Guardia, de todas aquellas Notificaciones urgentes que comuniquen los Juzgados, intentar en lo posible su posposición al uno de septiembre, así como la presentación de escritos de personación; nunca para pasar pruebas a compañeros que tengan señaladas para ese mes, o gestiones que solo conciernen a la postulación procesal del asunto del que se trate.
A continuación facilitamos los nombres de los procuradores que atenderán el Turno de Guardia, ubicación, teléfonos y horarios en los cuales podrás contactar con ellos, a fin de informarte sobre el estado de las notificaciones que te puedan afectar.
EN MADRID CAPITAL
El Servicio estará instalado en el Salón de Notificaciones de Capitán Haya, permaneciendo cerrado el Salón de Salesas.
Teléfonos : 91 - 493 29 41, 91 - 567 11 36/ 37/ 38
Horario de llamadas : de 12'30 a 14'00 horas
El Servicio de Guardia lo componen los siguientes compañeros:
Primera Quincena:
Doña María Abellán Albertos
Doña Lucía Carazo Gallo
Doña María Amaya Castillo Gallo
Segunda Quincena:
Doña Mónica Liceras Vallina
Doña María Dorotea Soriano Cerdó
Recordarte, por último, que aquellos que deseéis utilizar el Servicio de Guardia, debéis presentar, ANTES DEL 24 DE JULIO, en la Secretaría del Colegio, vuestro teléfono de contacto durante el mes de agosto.
EN ALCORCON
El Servicio estará instalado en el Salón de Notificaciones de esa Delegación, permaneciendo abierto los martes y jueves, en horario de 9'00 a 11'00 horas.
Teléfono : 91 - 488 02 61
Horario de llamadas : de 10'00 a 11'00 horas
El Servicio de Guardia lo componen los siguientes compañeros:
Primera Semana: Doña Nieves Baos Rebilla
Segunda Semana: Doña Marta Roldan García
Segunda Quincena: Don Fernando Díaz-Zorita Canto
El Servicio se prestará a todos aquellos Colegiados ejercientes en Alcorcón que expresamente pongan de manifiesto su deseo de acogerse al mismo ANTES DEL 27 DE JULIO, en la Delegación del Partido Judicial, acompañando a tal solicitud la relación de asuntos en los que creen pueden proveer, así como las direcciones y teléfonos de Letrados y su propio número de contacto; quedando excluidos aquellos que expresamente manifiesten lo contrario al Colegio, no manifiestan nada, o no acompañen la lista de asuntos y teléfono de contacto. NO ADMITIÉNDOSE LISTADOS MANUALES.
Más información en Circulares nº 69/07 y 70/07, respectivamente.
Tras la reciente presentación a la prensa de la Memoria 2006 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por parte de su Presidente, Javier Mª Casas, manifestando el colapso existente en los juzgados madrileños, como consecuencia del importante déficit de órganos jurisdiccionales, el Ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, y el Vicepresidente segundo y Consejero de Justicia y Administraciones Públicas de la Comunidad de Madrid, han celebrado un encuentro del que nace el compromiso de ambas administraciones de crear nuevos juzgados , de cara a paliar el citado colapso.
El proyecto se plantea a medio plazo y al mismo se une el compromiso de ambas instituciones de desvincular las decisiones judiciales de la política, así como el de colaborar en el desarrollo del futuro Campus de la Justicia en Madrid capital, cuyo proyecto ya se encuentra en fase de realización.
El Colegio de Procuradores de Madrid y la compañía Gil Stauffer, han suscrito un Convenio de Colaboración en virtud del cual se ofrece el servicio de depósito de bienes muebles a los efectos establecidos en el artículo 626 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con el fin de agilizar la ejecución y de asumir todas las competencias previstas en dicha ley.
En tal sentido, quedan comprendidas dentro del objeto del presente convenio, todas aquellas actividades inherentes al transporte, conservación de la guarda o conservación de los bienes, así como la custodia, tendente al cuidado óptimo de los bienes que se deposite. Entre estas actividades se comprende el transporte de los bienes, su traslado, estiba y desestiba, embalaje, almacenaje y custodia del bien en el lugar del depósito, incluido su desplazamiento local (en el propio lugar de depósito), exhibición de los bienes, así como el control administrativo de los bienes que se depositen (fecha de depósito e identificación del bien) y su entrega en el lugar previamente indicado. Todo ello con unas tarifas muy ventajosas.
En el próximo mes de septiembre se facilitará a todos los Colegiados mayor información a través de la Página Web del Colegio así como de un folleto explicativo y, se realizará la presentación oficial del Servicio.
El Ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, ha apostado por la creación de "Ciudades de la Justicia" como fórmula para optimizar los recursos disponibles en la Administración de Justicia y porque implica un abaratamiento de los costes de la misma.
En Madrid , el proyecto de su ciudad judicial en Valdebebas está en avanzado estado de desarrollo, habiéndose presentado ya los proyectos concretos de sus edificios destinados a albergar el Tribunal Superior de Justicia, la Audiencia Provincial, el Instituto de Medicina Legal, antiguo Anatómico Forense, los Juzgados de Menores, el Edificio de Usos Múltiples, el Decanato, y los Juzgados de los Social y lo Mercantil, siendo considerado por el equipo de Gobierno Regional como una de sus prioridades en relación a la Justicia.
LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL
GENERALIDAD: Inhabilidad del mes de agosto (Art. 183).
EXCEPCIONES: Actuaciones judiciales que sean declaradas urgentes por las leyes procesales
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JURISDICCION CIVIL
GENERALIDAD: Inhábil el mes de agosto (art.130.2 LEC)
EXCEPCIONES: Art. 131.1 LEC.- De oficio o instancia de parte, los Tribunales podrán habilitar los días y horas inhábiles cuando hubiere causa urgente que lo exija.
Art. 131.3 LEC.- Para las actuaciones urgentes.., serán hábiles los días del mes de agosto, sin necesidad de expresa habilitación
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JURISDICCION PENAL
GENERALIDAD: Hábil para la instrucción de las causas criminales (Art. 184 L.E.Cr.)
Sumario: la instrucción termina con el Auto de conclusión de sumario.
P. Abreviado: la instrucción termina con la apertura del Juicio Oral.
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JURISDICCION CONSTITUCIONAL
GENERALIDAD: Es inhábil el mes de agosto para la tramitación de los recursos y su interposición.
EXCEPCIONES: Quedan exceptuados los recursos de los Arts. 41, 42 y 45 (L.O.T.C.)
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JURIDICCION CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
GENERALIDAD: Es inhábil el mes de agosto para la interposición y tramitación de recurso contencioso-administrativos (Art. 128.2 L.J.C.A)
EXCEPCIONES: Procedimientos para la protección de los Derechos Fundamentales.
Es hábil el mes de agosto para la tramitación e iniciación de recursos por la vía administrativa, así como las reclamaciones económico-administrativas.