Fuente: EXPANSIÓN, Jurídico
"En virtud de un acuerdo firmado con el Ministerio de Justicia, los procuradores que prestan sus servicios profesionales en el sumario 20/2004 cobrarán, en un único pago, hasta un máximo de 1.000 euros más.
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Antonio Álvarez-Buylla, decano del Colegio de Procuradores de Madrid, explica que la elevada carga de trabajo de los procuradores en un sumario como el del 11-M -formado por 250 tomos, 100.000 folios y 3.393 piezas separadas sobre heridos y lesionados- obligaba al "reconocimiento del esfuerzo" de estos profesionales y de su "importante función en lo que respecta a la tutela judicial efectiva", lo que se ha conseguido con la firma del acuerdo. ..."
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Fuente: NEGOCIO, Profesionales
"... el Consejo General de los Colegios de Procuradores de España, el Colegio de Madrid y el Ministerio de Justicia han firmado un convenio para incrementar hasta un máximo de 1.000 euros la retribución de los 25 procuradores del turno de oficio en el jucio del 11-M".
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El Ministerio de Justicia ha firmado un acuerdo de colaboración con el Consejo General y el Colegio de Procuradores de Madrid para la prestación y mejora de la representación técnica en el sumario 20/2004, instruido por el Juzgado central de Instrucción Nº 6, por los sucesos ocurridos en Madrid el 11 de marzo de 2004.
La firma del convenio, realizada en la propia sede del Ministerio el día 17 de mayo por parte del Ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, del Presidente del Consejo, Juan Carlos Estévez, y Antonio Álvarez-Buylla, Decano del Colegio de Procuradores de Madrid, implica que el Ministerio articulará los medios técnicos, materiales, humanos y económicos necesarios para que la representación técnica gratuita que efectúan los procuradores en el juicio del 11 M garantice real y efectivamente la tutela judicial efectiva prevista en el art. 24 de la Constitución Española.
El Ministerio de Justicia, según el acuerdo suscrito, financiará a los procuradores del turno de oficio designados para la representación técnica de los imputados y/o procesados en el citado sumario con medidas complementarias y excepcionales, sobre los baremos establecidos en el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita, dada la trascendencia y gran volumen de dicho sumario. En concreto, por una sola vez y por cada uno de los destinatarios, es decir, a los procuradores inscritos en el turno de oficio y designados por el Colegio de Madrid, el Ministerio abonará una cantidad extraordinaria.
Por su parte el Consejo y el Colegio de Procuradores de Madrid se comprometen a prestar todos los medios técnicos y materiales necesarios destinadas a garantizar con rigor la representación técnica en el citado sumario del 11M y a presentar una memoria explicativa de las actividades realizadas el mismo proceso por parte de los procuradores.
Fuente: CIRCULAR Nº 45/07
Próximamente se va a poner en marcha el servicio de envío de las Circulares del Colegio vía correo electrónico, con el fin de lograr inmediatez, comodidad y una mayor información de todos los Colegiados.
Disponemos de las direcciones que nos habéis facilitado, que aparecen en la Web junto con el resto de vuestros datos profesionales, por lo que rogamos su revisión y si procede, su actualización.
Para todos aquellos que no dispongan de correo electrónico, informaros que existe un correo corporativo totalmente gratuito, siendo necesario darse de alta complimentando la solicitud que está a vuestra disposición en la sede de Bárbara de Braganza.
Fuente: COMISIÓN DE RELACIONES INSTITUCIONALES DEL CONSEJO GENERAL DE PROCURADORES
La Ley de Enjuiciamiento Civil 1/00 de 7 de enero, regula en su Artículo 157 la creación de un Registro Central de Rebeldes Civiles.
Por su parte, el Real Decreto 231/02 de 1 de marzo establece las normas de organización y funcionamiento de expresado Registro, que permanecen en vigor desde el 2 de marzo de 2002: el Registro de Rebeldes Civiles está destinado a evitar que los Tribunales reiteren innecesariamente las diligencias para averiguar el domicilio desconocido de una persona demandada en el proceso, ya que la constancia en el Registro de las pesquisas judiciales indagatorias sin resultado positivo permite al Juez acudir directamente a la comunicación a través de Edictos, con la economía en tiempo y actividad procesal que ello representa.
Efectivamente, el Registro serviría para evitar repetidos actos de comunicación que han sido negativos y que actualmente practican los Servicios Comunes de Notificaciones y Embargos, con la asistencia del Procurador en algunos casos ej. diligencias de requerimiento de pago y embargo; y en un futuro tras la aprobación de las reformas procesales, practicarán los Procuradores de los Tribunales.
Pero no sólo estos, sino que para el correcto funcionamiento de los mecanismos procesales de comunicación previstos en la Ley, se necesita de la existencia de diversos de actos procesales, que suponen una gran cantidad de recursos públicos (Administración de Justicia) y privados (Actos de parte) y que son una de las principales causas de retraso en los procedimientos
La Comisión de Relaciones Institucionales del Consejo General de Procuradores, en el ámbito de sus competencias, interesa:
- Trasladar a los respectivos Colegios de Procuradores los formularios de escritos de parte, incluidos en el Anexo, para que sean utilizados por los Procuradores para fomentar el uso del Registro Central de Rebeldes Civiles en aras a una agilización del proceso.
PARA VER INFORME COMPLETO Y DESCARGAR LOS IMPRESOS, VISITAR DENTRO DEL ÁREA PRIVADA, LA SECCIÓN ACTUALIDAD, DOCUMENTOS.