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11/10/2016
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- Publicado en BOE núm. 246 de 11 de octubre de 2016.
- Vigencia desde 12 de octubre de 2016.

El objeto de la presente Orden es desarrollar los preceptos del Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia y establecer las directrices necesarias para su correcta aplicación.

El procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia será electrónico en todas sus fases, desde la presentación de la solicitud a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia hasta su resolución, sin perjuicio de la posible presentación de la solicitud en cualquiera de las formas previstas.

Recordamos que la subsecretaria del Ministerio de Justicia, Áurea Roldán, y el presidente del Consejo General de Procuradores de España, Juan Carlos Estévez, firmaron el 21 de septiembre pasado un convenio para la presentación electrónica de solicitudes de nacionalidad española por residencia en representación de los ciudadanos que así lo decidan.

Actualmente, el 65% de las solicitudes de nacionalidad por residencia presentadas por vía telemática se realizan a través de representantes del interesado, entre los que están ya los procuradores.

Facilitamos acceso al BOE en el siguiente enlace:
10/10/2016
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Facilitamos contenido de la Nota Informativa del Decanato de Fuenlabrada:

?Las demandas y querellas se presentarán exclusivamente vía LexNET, debiendo entregar posteriormente las copias en el Juzgado donde se haya turnado una vez que tengan constancia de su reparto.

Igualmente se presentarán por LexNET, para el caso de exceso de cabida, el escrito iniciador, presentando posteriormente los documentos que no se hayan podido presentar por LexNET al Juzgado directamente donde haya sido turnado.

En cuanto a los escritos cada Juzgado decidirá si se presentan por doble vía o no.

Para el resto de denuncias, que no sean querellas, con firma de letrado y/o procurador, se presentarán como hasta ahora por doble vía en el Juzgado de Instrucción de Guardia, a excepción de las denuncias de tráfico.?

Asimismo, se facilita acceso al documento de presentación de escritos de trámite ante los Juzgados de este mismo Partido de Fuenlabrada, con fecha 7 de octubre, resaltado la FORMA DE PRESENTAR LOS ESCRITOS DE ASUNTOS DE MATERIA CIVIL QUE TRAMITAN TODAVÍA LOS JUZGADOS QUE HOY SON DE INSTRUCCIÓN: ?Los escritos de asuntos en materia civil tramitan Juzgados de Instrucción, se presentarán siempre en papel, nunca por LexNET. El traslado de copias se hará también en papel?.
07/10/2016
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Estimado/a compañero/a:

Cumplido nuestro primer año de implantación del Servicio de Actos de Comunicación del ICPM, debemos hacer repaso de nuestros objetivos con el fin de enriquecer el desarrollo del Servicio.

Nuestro propósito, que difundimos en jornadas y en el vídeo promocional, es trabajar para el Procurador, realizar los Actos de Comunicación que se nos encargan porque personalmente no se puedan asumir, con la necesaria rapidez que en el SAC podemos conseguir.

Por supuesto siempre animamos a que se hagan los Actos de Comunicación como competencia necesaria para la profesión, y porque somos una pieza fundamental por nuestros conocimientos técnicos sobre derecho procesal y vocación en el uso y establecimiento de las nuevas tecnologías.

Somos profesionales especialmente cualificados para recibir notificaciones, efectuar traslados de los escritos y documentos entre las partes y, realizar los Actos de Comunicación porque no somos mensajeros, somos procesalistas que en el ejercicio de una competencia esencial, podemos además:
- Ganar tiempo en el pleito
- Acercarnos al ciudadano
- Realizar los Actos de Comunicación con más garantías procesales.
- Tener una fuente de ingresos.
- Ser más esenciales en el procedimiento.
- Pretender la ejecución como futuro de la Procura.

Para realizar consultas y sugerencias tienes a tu disposición en los Salones de Procuradores el ?Buzón del SAC?-con acceso también a través de la web ICPM-, así como a los compañeros especialistas que ya integran el SAC.

Con la participación de todos, bien como donante de servicios o como realizador de actos de comunicación, tienes la oportunidad de formar parte del Servicio de Actos de Comunicación del ICPM.

Rocío Sampere y Pedro Vila
Presidentes de la Comisión del SAC

(Se facilita acceso directo al área de esta misma web que recoge toda la información relativa al SAC)
07/10/2016
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Facilitamos enlace a la página de la revista de información Tribuna Feminista que recoge la noticia de la constitución y fines de la Comisión de Igualdad del ICPM, tal y como informábamos ayer en esta misma web.
07/10/2016
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- Jueves 20 de octubre, de 13.30 h. a 15.00 h.
- Sala de Actos del ICPM

Ante las incidencias y dudas procesales que surgen en el procedimiento de liquidación de bienes gananciales, hemos preparado el Aula que ahora os presentamos, en la que contaremos como Ponente con Salvador González, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 23 de Madrid, para que nos explique la praxis de este procedimiento, competencia, postulación, documentos necesarios, ítem del procedimiento y aranceles aplicables.

Dado el escaso tiempo con el que contamos los Procuradores hemos fijado el Aulas para el mediodía, ofreciendo un breve catering previo, para que a la finalización de la misma, cada uno pueda atender sus despachos.

Precio: 13 euros (I.V.A. incluido)
Transferencia Bancaria: c/c Bco. Popular: ES24/0075/0322/8106/0030/4863
Aforo: 20 asistentes (riguroso orden de inscripción)
Inscripción: aula@icpm.es

(Una vez inscrito y abonado el Aula, sólo se devolverá la totalidad de la misma siempre que se solicite con al menos cuatro días hábiles de anterioridad a la celebración. Si se solicita con menos de cuatro días hábiles, se penalizará con la devolución del 50% del importe abonado, salvo por motivos justificados)

Con la colaboración del Consejo General