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02/03/2017
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Fuente: Ministerio de Justicia, Gabinete de Comunicación
Desde el Ministerio de Justicia se informa que la asistencia jurídica gratuita seguirá sin estar sujeta al IVA. El ministro Catalá traslada así la decisión del Gobierno que se traducirá en la presentación de una Proposición de Ley, consensuada entre PP y PSOE, de modificación de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, para reforzamiento del sistema y de la garantía del acceso de los ciudadanos a la Administración de Justicia.

De esta forma, se fortalecerá el principio de obligatoriedad y el carácter indemnizatorio de la asistencia jurídica gratuita. En España, los colegios profesionales asumen la obligación de prestar un servicio público que se fundamenta en el artículo 119 de la Constitución. Por otro lado, la compensación satisfecha por esta asistencia tiene naturaleza análoga a una indemnización, es decir, no se entiende como una retribución puesto que se aleja de los precios de mercado, se impone sin que el profesional tenga capacidad para modificarla, está sujeta a baremo y con ella se pretende indemnizar a los letrados y procuradores por la prestación del servicio sin retribución conforme a los criterios del mercado.

En la actual regulación, el servicio se califica como remunerado o retribuido, lo que había dado lugar a dudas interpretativas sobre sus efectos fiscales que desaparecerán como consecuencia de esta proposición normativa. Las administraciones públicas competentes seguirán financiando con cargo a sus dotaciones presupuestarias la prestación de los servicios de asistencia jurídica gratuita por los Colegios de Abogados y de Procuradores como hasta ahora.

Esta norma tendrá efecto desde el 1 de enero de este año y para aclarar cualquier duda interpretativa, el Ministerio de Hacienda dictará una instrucción para que el IVA no se haga efectivo durante el periodo transitorio hasta la aprobación de la misma.
02/03/2017
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Fuente: Senado, ABC y El País
La Comisión de Nombramientos celebrada en el día de ayer, ha propuesto al Pleno los siguientes candidatos como magistrados del Tribunal Constitucional:

- Ricardo Enríquez Sancho. A propuesta del PP. Magistrado del TC desde el 2014.

- Alfredo Montoya Melgar. A propuesta del PP. Doctor y catedrático en Derecho del Trabajo por la Universidad de Murcia y profesor emérito por las universidades San Pablo CEU y Complutense.

- María Luisa Balaguer Callejón. A Propuesta del PSOE. Catedrática de Derecho Constitucional y Consejera del Consejo Consultivo de Andalucía. Ha sido propuesta al TC por el Parlamento andaluz.

- Cándido Conde-Pumpido. A propuesta del PSOE. Actual vicepresidente del Tribunal Supremo, fue propuesto por la Asamblea de Madrid.

Los candidatos han obtenido 211 votos a favor y 16 abstenciones, la votación se ha realizado mediante voto ponderado.
Durante las dos jornadas en las que se ha celebrado la Comisión, han pasado quince comparecientes que habían sido propuestos por los Parlamentos de las Comunidades Autónomas.

El Pleno de la próxima semana tendrá que debatir y votar la propuesta de la Comisión, y para resultar elegido cada candidato ha de obtener tres quintos del número de senadores.

Desde su fundación, en 1980, solo cinco mujeres han formado parte del organismo. La sexta será María Luisa Balaguer. La proporción actual es de dos mujeres y diez hombres en el tribunal.

(En la imagen la Comisión de Nombramientos del Senado)
02/03/2017
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Nos da traslado el Servicio Común (SCRRDA) de la Audiencia Nacional, de la problemática existente en los escritos presentados vía Lexnet, cuando los magistrados intentan acceder al contenido de los documentos y no los pueden identificar.

Desde el 1-1-2017 están rechazando todos aquellos escritos que no cumplan con lo requerido en el Anexo IV del Real Decreto Lexnet 1065/2015, especificando en su caso el motivo de rechazo en el estado del acuse de Lexnet.

Los principales motivos de rechazo son los siguientes:

- No se nombran correctamente los archivos, con un número cardinal seguido de un nombre descriptivo.
- No se remiten archivos individualizados por cada documento.
- No se cataloga correctamente.
- No se añade una breve descripción identificando el tipo de documento o ésta es genérica. ESTE DATO ES FUNDAMENTAL PORQUE ES EL ÚNICO QUE VEN LOS MAGISTRADOS PARA ABRIR CADA ARCHIVO.
- Se añaden tipos de archivos no contemplados en el Real Decreto, como html, archivos de video o archivos de audio.

En todos estos casos los escritos son rechazados. Para subsanarlos y mantener la primera fecha de presentación hay que volver a presentarlos de nuevo (nuevo escrito) añadiendo el archivo del JUSTIFICANTE DE RECHAZO de la primera presentación para mantener la primera fecha.

Tampoco serán admitidos en ningún caso los escritos dirigidos al SCRRDA mediante Fax o correo postal, siendo devueltos a su remitente.

En caso de haber presentado algún escrito correctamente y acreditado con su correspondiente justificante y que no haya entrado en el SCRRDA, habrá que comunicarlo mediante una incidencia a http://lexnetjusticia.gob.es , pinchando en Contacto y ahí en el apartado de incidencias.

28 de febrero de 2017
01/03/2017
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Fuente: EL PAÍS
Recogemos el titular de El País en su artículo sobre un principio de acuerdo entre el PSOE y los ministros de Hacienda y Justicia.

El Grupo Socialista presentó una tanda de iniciativas en el Parlamento para parar esta nueva legislación que ayer el gobierno se comprometió a modificar.

El ministro Rafael Catalá había expresado su voluntad de atender los requerimientos del turno de oficio aunque hasta este martes no se cerró un principio de acuerdo con el ministro de Hacienda.

En los próximos días estará preparada la nueva fórmula, según compromiso del gobierno.
01/03/2017
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Fuente: EcoDiario.es
El informe anual del Defensor del Pueblo advierte que llamar al 016 de atención telefónica a la violencia de género no deja rastro en la factura pero sí en el terminal. ?Esta situación puede suponer un riesgo para la persona que requiere ayuda, puesto que su agresor, si el número utilizado no desaparece de la lista de llamadas, puede percatarse de su realización, sobre todo si se tiene en cuenta que el comportamiento general de estas personas es de carácter controlador?, dice el informe que la Defensora, Soledad Becerril, ha entregado este martes en el Congreso de los Diputados.

Además ?las compañías fabricantes de móviles deberían participar en una solución técnica por la que se propiciase el borrado automático del registro de llamadas realizadas al 016?, pero en este sentido la Secretaria de Estado para la Sociedad de la Información y Agenda Digital manifestó que ?la gestión de registros de cada terminal móvil no es posible técnicamente por parte de las compañías operadoras y sólo se puede realizar desde cada terminal?.

Otros asuntos que preocupan y que se recogen el informe, han sido la falta de dotación para los programas de inserción sociolaboral de las víctimas y los problemas técnicos del dispositivo telemático de localización para el cumplimiento de la pena de alejamiento.