Como continuación a la información ya publicada mediante en esta misma web, recibimos del Juzgado decano de Madrid, Secretaría gubernativa, copias de los acuerdos gubernativos del Servicio Común de Registro y Reparto Civil y Social, en relación con la actuación durante el periodo entre el 24 de diciembre y el 6 de enero:
- Demandas que se pueden presentar.
- Escritos y exhortos que se pueden presentar.
- Recursos de amparo.
- Reparto de demandas presentadas con anterioridad al periodo indicado.
- No recepción de copias de demandas no urgentes durante el periodo inhábil.
Recibimos copia del acuerdo dictado por la magistrada decana de Aranjuez en relación a la aprobación de la modificación de la norma quinta de reparto Civil, acordada por Junta de Jueces celebrada el pasado 8 de noviembre, y aprobada por Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Fuente: BOE
Facilitamos enlace al BOE de hoy con el acuerdo de 21 de diciembre de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye, en virtud de lo previsto en el artículo 80.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, a la Sección 25.ª de la Audiencia Provincial de Madrid, con carácter exclusivo y no excluyente, el conocimiento de determinados recursos de apelación contra sentencias dictadas por los Juzgados de Primera Instancia:
- Acciones previstas en la legislación sobre condiciones generales de contratación, así como las cuestiones de competencia que se planteen en asuntos de esta naturaleza.
- Acciones previstas en la legislación sobre defensa de consumidores y usuarios: acciones de daños derivados de la destrucción, pérdida o avería del equipaje facturado, compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, derechos y obligaciones de ferrocarril, derechos de los viajeros de autobús y autocar y derechos de los pasajeros que viajan por mar y por vías navegables.
Los asuntos de la misma naturaleza que los que son objeto de este acuerdo se continuarán conociendo, hasta su resolución definitiva, por los órganos a los que se les atribuyó su conocimiento.
La presente medida producirá efectos desde el 1 de enero del año 2023.
Fuente: BOE
El BOE de hoy publica el acuerdo de 21 de diciembre de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye, en virtud de lo previsto en el artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al Juzgado de Primera Instancia número 105 de Madrid, el conocimiento, con carácter exclusivo pero no excluyente, de los asuntos de transporte aéreo de las clases de reparto C35ªA para las demandas de juicio verbal y C35ªB para las demandas de juicio ordinario relativas al transporte.
Los asuntos de la misma naturaleza que los que son objeto de este acuerdo de especialización se continuarán conociendo hasta su conclusión, por los órganos judiciales a los que se atribuyó su inicial conocimiento.
La presente medida producirá efectos desde el 1 de enero del año 2023.
Respecto a la propuesta de extender la especialización del Juzgado de Primera Instancia número 105 de Madrid, al conocimiento, con carácter exclusivo y no excluyente, a demandas de «acciones ejercitadas frente a entidades bancarias y financieras relativas a contratos bancarios como productos financieros y de inversión», concretándose la especialización en el reparto a la unidad funcional (a la que hará que cambiar su denominación actual) las 1.500 primeras demandas de la clase de reparto C33.ª, reduciendo a una media de 17 asuntos mensuales por juzgado, no ha lugar a la misma sin perjuicio de que pueda llevarse a cabo un estudio específico y proponerse una solución concreta que se adapte a las peculiaridades de esta clase de asuntos.
Fuente: Comunicación Comunidad de Madrid
- El 40% de las comunicaciones pertenece a propietarios de viviendas o terceras personas víctimas de esta situación, y un 13% de titulares denuncia faltas de pago en el alquiler.
- El 47% de llamadas se divide en consultas cuyo objetivo es recopilar información sobre el fenómeno, comunicaciones efectuadas por asociaciones, entidades o profesionales incursos en procesos judiciales relacionados con este delito, verificación de números de teléfono, u otros tipos de trámites administrativos.
- En cuanto a la localización, el 70% de las consultas se recibieron desde Madrid capital, y un 16% en municipios de más de 50.000 habitantes.
La Comunidad de Madrid ha superado el millar de llamadas relativas al servicio 112 Ocupación puesto en marcha por el Ejecutivo autonómico el pasado verano. Este recurso, que se presta en las instalaciones de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (ASEM112), ofrece atención inmediata a los propietarios de los inmuebles afectados por este fenómeno delictivo a través del teléfono 900 205 112.
Hasta la fecha, el Centro de Coordinación Municipal (CECOM) encargado de esta actuación ha iniciado la tramitación de 4.377 expedientes relacionados con todo tipo de asuntos en materia de Emergencias y Seguridad, de los que 1.098 corresponden al 112 Ocupación.
Enlace a la nota de prensa: