Su disertación ha partido de la consideración principal de que el arbitraje es una alternativa enmarcada en la libertad del individuo para elegir la forma en que resolver su conflicto, ello siempre cuando se trata de derechos disponibles y con base en los principios de autonomía de la voluntad y de confidencialidad.
Un estudio detallado del proyecto de la nueva ley de arbitraje, con el comentario a los aspectos que presentan más debate, como son la declinatoria de jurisdicción, el arbitraje societario, la desaparición del arbitraje de equidad, el articulo 13 en cuanto a no imponer la licenciatura en derecho a los árbitros y el problema de la ejecución de los laudos, ha hecho de su magistral exposición un repaso eficaz a la labor del prelegislador que nos dará paso a un estudio más profundo de la norma cuando sea publicada.
(Con la colaboración del Consejo General)