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Noticia

09/03/2011
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El último borrador de la Ley de Acceso a las Profesiones de Abogado y Procurador contempla que serán las Universidades y los Colegios los que elaboren los programas de formación complementaria a la Licenciatura en Derecho o de título universitario de grado que reúna los requisitos establecidos en el art. 3º, los cuales deberán, a su vez, ser ratificados por Justicia y Educación y revisados periódicamente cada seis años.

Las Universidades deberán firmar un convenio con algún Colegio de Abogados o Procuradores para la realización de esa fase de formación de postgrado, habilitándose para el ejercicio profesional una vez superado el periodo de prácticas. Por su parte, Educación ofrecerá becas para la realización de estos cursos.

En cuanto al personal docente, los cursos tendrán un número equilibrado entre profesores universitarios y abogados o procuradores, según el caso, estableciéndose que los profesionales no superaran el 70%, ni ser inferior al 40% del total.