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Noticia

13/07/2010
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Con fecha del pasado día 8 de julio, el Decanato del Colegio ha recibido copia del Acuerdo Gubernativo 13/10 del Magistrado-Juez Decano de Madrid, de interés para los procuradores y cuyo texto literal es el siguiente:

"De conformidad con acordado en el punto cuarto de la Junta de Jueces de Primera Instancia de Madrid celebrada el día treinta de abril del año en curso, procédase a la adaptación de las normas de reparto de los asuntos civiles y mercantiles de Madrid a la Norma Quinta, número 2º, último apartado, de la Instrucción 1/2009, de 26 de Marzo, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, incorporada al Reglamento 2/2010 sobre Criterios Generales de Homogeneización de las Actuaciones de los Servicios Comunes Procesales, que establece "no se dará número de registro a cualquier escrito que no provoque el inicio de un procedimiento". En su consecuencia se dejan sin efecto las clases de reparto C27 (Primera Instancia: Demandas de solicitud de tasación de costas, Incidentes de ejecución (impugnación de tasación de costas, intereses, oposiciones a la ejecución, etc.), L20 (Familia: Demandas de solicitud de tasación de costas. Incidente de ejecución (impugnación, tasación de costas, intereses, oposición a la ejecución, etc.). Impugnaciones de justicia gratuita en asuntos de familia y B26 (Mercantiles: Demandas relativas a la solicitud de tasación de costas. Incidentes de ejecución (impugnación de tasación de costas, intereses, oposiciones a la ejecución, etc.), pasando a ser tratadas como tipo de escrito".