- "Envío de escritos por parte de profesionales integrados en los Colegios que, en lugar de ser dirigidos a las Plazas judiciales respectivas, están siendo dirigidos en muchos casos a los antiguos Juzgados Mixtos.
Ello produce, como podrán imaginar, una importante dificultad: no es posible acceder día a día a las bandejas de los antiguos Juzgados Mixtos (que no existen ya como tales) pues para los funcionarios que tramitan los expedientes civiles, tras la reorganización en Unidades como consecuencia de la implantación del Tribunal de Instancia, la tarea es inabarcable, y aún siendo esto posible, lo que no se puede ese redirigir el escrito a la Plaza correcta.
Por esa razón se ha resuelto que la manera de proceder será rechazar informáticamente esos escritos. No es posible adjuntar nota al profesional, por lo que se solicita que se presenten los escritos correctamente dirigidos a la Plaza de la Sección Civil de Instrucción, de Familia o Violencia a las que van dirigidos, y que no lo hagan remitiéndolos o dirigiéndolos a los Juzgados Mixto, a no ser, claro, que sean escritos que se dirijan a estos últimos.
Igualmente, se recuerda a los profesionales que no es necesario, conforme se ha establecido en la legislación procesal, que se presenten copias de demandas y escritos cuando el demandado es persona jurídica".


