Tal y como se recoge en la Introducción de la obra, la persona con discapacidad que ha de ejercitar un derecho en el proceso penal o participa en un acto procesal puede enfrentarse con una serie de barreras u obstáculos para su pleno ejercicio: los problemas de accesibilidad física a las instalaciones de la administración de justicia; las dificultades para acceder a la asistencia y representación jurídicas; la no disponibilidad de información en formatos accesibles; las actitudes paternalistas o negativas que cuestionan la capacidad de las personas; o la falta de formación de los profesionales que trabajan en el sistema de justicia; entre otros.
Todo ello determina que las personas responsables del sistema de justicia, así como todas aquellas que intervienen y/o colaboran con la misma, tengan la obligación de adoptar las medidas que resulten necesarias dentro de su respectivo ámbito de actividad y competencias: jueces, fiscales, LAJ, funcionarios, abogados, procuradores, graduados sociales, así como fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.



