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Noticia

04/12/2025
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Recibimos certificación de Acuerdo de la Sala de Gobierno del TSJM dando cuenta de lo siguiente:

- Aprobar, de conformidad con lo previsto en el art. 152.2.1º de la LOPJ, la modificación del sistema de gestión de los internamientos involuntarios por razón de trastorno psíquico, los cuales serán conocidos por el magistrado que estuviera prestando el servicio de guardia, debiendo salvaguardarse la correcta prestación del aludido servicio de guardia y sin que lo acordado pueda conllevar una alteración en la jurisdicción ni en la competencia objetiva para la tramitación y resolución de este tipo de asuntos.

- Tomar conocimiento del cuadro de reparto de internamientos durante la guardia de la Plaza nº4 de Collado Villalba, si bien precisando que, para el correcto cumplimiento de su contenido, se estima conveniente que la magistrada de la Plaza nº3 comunique, con la antelación suficiente, el día en que disfrutará el saliente de guardia a fin de que pueda ser tenido en cuenta en el cuadrante citado.