Reunidos en Junta, el día 21 de marzo, los letrados de la Administración de Justicia de los Juzgados números 22, 23, 24, 25, 27, 28, 29, 66, 75, 76, 79 y 93 de 1ª Instancia, así como las letradas de los Juzgados nº 80 y 85, por delegación, especializados en materia de familia de Madrid, acuerdan dar unos criterios generales sobre el requisito de procedibilidad exigidos una vez entre en vigor la Ley Orgánica1/2025.


