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Noticia

02/06/2009
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En relación a la tramitación parlamentaria del Proyecto de Ley para la implantación de la Nueva Oficina Judicial, los Procuradores, particularmente el Consejo General con el apoyo indiscutible de este Colegio, ha realizado un complejo proceso de actuaciones, que ha sido arduo, trabajoso y difícil ante los Grupos Parlamentarios.

Hemos conseguido que se admitan todas las enmiendas presentadas por nosotros, las cuales han sido acogidas por los Grupos Parlamentarios de CIU y PNV. Pero la más importante de todas ellas, que es la relativa a la incompatibilidad de la Procura con la Abogacía, ha sido presentada, conjuntamente, por los siguientes grupos parlamentarios: PP, CIU, PNV, GRUPO MIXTO y COALICIÓN CANARIA.

ENMIENDA
DE ADICIÓN

Se propone añadir un nuevo apartado al artículo décimo tercero del Proyecto por el que se modifica el artículo 23 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, añadiendo un nuevo apartado 4 que tendrá el siguiente texto:
"4. EL EJERCICIO DE LA PROCURA ES INCOMPATIBLE CON EL DE LA ABOGACÍA"

JUSTIFICACIÓN

La incompatibilidad entre el ejercicio de la Procura y la Abogacía, viene determinada por la diferente naturaleza y posición jurídica de ambos profesionales en el proceso. El Procurador asume la representación técnica de las partes, pero además es un cooperador de la Administración de Justicia, lo que añade una dimensión pública a su actividad que excede al único interés de sus clientes.
Dicho Proyecto se encuentra en fase de tramitación parlamentaria en el Congreso de los Diputados, esperando su aprobación y publicación, en su momento, en el Boletín Oficial del Estado.