El Consejo General del Poder Judicial será en encargado de determinar la codificación de voces y conceptos que se deberán utilizar para que todos los procedimientos lleven la misma nomenclatura. De esa forma y por ejemplo, todos los procedimientos judiciales deberán pertenecer a alguno de los siguientes tipos: Asunto Principal, Recurso, Ejecución, Medida Cautelar, o Auxilio Judicial.
Así pues, será preceptivo que los sistemas informáticos, implantados por las Comunidades Autónomas, observen el grado de compatibilidad necesario para su recíproca comunicación e integración, siendo el Secretario judicial el responsable de velar por su adecuada utilización.