Facilitamos enlace a la Circular 3/2023 del TSJM sobre la entrada en vigor de la Instrucción 2/2021 y archivo de documentación de originales, validez del expediente judicial electrónico en los juzgados de primera instancia generalistas, hipotecarios, familia y contencioso-administrativo del partido judicial de Madrid.
Además, se recoge que mientras la Sala de Gobierno no declare el expediente judicial electrónico válido en los juzgados de instrucción y la parte penal de los juzgados de primera instancia e instrucción de todos los partidos judiciales de la Comunidad de Madrid, dichos órganos judiciales deberán tramitar los procedimientos de forma electrónica y en papel.
CALENDARIO:
- 1 de octubre: en los juzgados de primera instancia y en la parte civil de los juzgados de primera instancia en instrucción de los partidos judiciales de Alcobendas, Colmenar, Torrelaguna, Majadahonda y Pozuelo.
- 1 de noviembre: en los juzgados de primera instancia y en la parte civil de los juzgados de primera instancia en instrucción de los partidos judiciales de San Lorenzo del Escorial, Alcalá de Henares, Collado Villalba, Torrejón, Coslada, Arganda del Rey, Leganés y Valdemoro.
- 1 de diciembre: en los juzgados de primera instancia y en la parte civil de los juzgados de primera instancia en instrucción de los partidos judiciales de Getafe, Aranjuez, Parla, Navalcarnero, Fuenlabrada, Móstoles y Alcorcón.
TRAMITACIÓN de los procedimientos: los letrados de la Administración de Justicia destinados en los juzgados de lo social y mercantil del partido judicial de Madrid seguirán las pautas que se mencionan en dicha circular.
Además, se recoge que mientras la Sala de Gobierno no declare el expediente judicial electrónico válido en los juzgados de instrucción y la parte penal de los juzgados de primera instancia e instrucción de todos los partidos judiciales de la Comunidad de Madrid, dichos órganos judiciales deberán tramitar los procedimientos de forma electrónica y en papel.
CALENDARIO:
- 1 de octubre: en los juzgados de primera instancia y en la parte civil de los juzgados de primera instancia en instrucción de los partidos judiciales de Alcobendas, Colmenar, Torrelaguna, Majadahonda y Pozuelo.
- 1 de noviembre: en los juzgados de primera instancia y en la parte civil de los juzgados de primera instancia en instrucción de los partidos judiciales de San Lorenzo del Escorial, Alcalá de Henares, Collado Villalba, Torrejón, Coslada, Arganda del Rey, Leganés y Valdemoro.
- 1 de diciembre: en los juzgados de primera instancia y en la parte civil de los juzgados de primera instancia en instrucción de los partidos judiciales de Getafe, Aranjuez, Parla, Navalcarnero, Fuenlabrada, Móstoles y Alcorcón.
TRAMITACIÓN de los procedimientos: los letrados de la Administración de Justicia destinados en los juzgados de lo social y mercantil del partido judicial de Madrid seguirán las pautas que se mencionan en dicha circular.


