- Los servicios mínimos fijados, serán los mismos tanto para las jornadas de huelga indefinida con paros parciales en horario DE 10:00 a 13:00 HORAS, como para el día 19 de abril en horario de 00:00 a 23:59 horas, toda vez, que el grueso de las actuaciones esenciales ocurren en la franja horaria señalada.
- El personal designado como servicios mínimos, deberá prestar sus servicios de forma presencial.
- Esta orden producirá efectos el mismo día de su publicación en el BOCM.
Además, la directora general de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid, nos remite nota aclaratoria con el siguiente texto: "Entre los servicios mínimos fijados se encuentran los relativos a los Juzgados de Primera Instancia y a los Juzgados de Instrucción, como órganos distintos en aquellos partidos judiciales en los que así se ha establecido en la Ley de Demarcación y de Planta Judicial:
- Juzgados de 1ª Instancia en el partido judicial de Madrid y partidos judiciales de periferia: 1 funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal o de Tramitación Procesal y Administrativa y por cada 4 juzgados, 1 de Auxilio Judicial.
- Juzgados de Instrucción: 1 funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o 1 de Tramitación Procesal y Administrativa y 1 de Auxilio Judicial, por cada 4 juzgados.
En consecuencia, los servicios mínimos que corresponden a los Juzgados en los que no se haya establecido la separación de jurisdicciones, en razón de sus competencias en el orden civil y en el orden penal, han de ser los fijados para los Juzgados de Primera Instancia y los Juzgados de Instrucción, por lo que, a los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción se les aplicaran los siguientes servicios mínimos: 1 funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o 1 de Tramitación Procesal y Administrativa y por cada 4 juzgados 1 de Auxilio Judicial".