La Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital del Congreso de los Diputados aprobó el Dictamen del Proyecto de Ley General de Telecomunicaciones, con la introducción de una disposición final primera de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Al tratarse de una modificación de carácter orgánico procedía su desglose respecto del conjunto del texto del Proyecto de Ley de carácter ordinario y, en consecuencia, el Pleno de la Cámara, en su sesión de 9 de junio de 2022, aprobó dicho desglose del que resulta la presente ley orgánica:
Artículo único. Se modifica el artículo 58, añadiendo un nuevo apartado cuarto, quedando redactado de la siguiente forma: la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo conocerá,
- Cuarto. De la solicitud del Gobierno prevista en el artículo cuarto de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, para la convalidación o revocación de los acuerdos de asunción o intervención de la gestión directa del servicio o los de intervención o explotación de redes.
Entrada en vigor: La presente ley orgánica entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE.