- Se incrementa el aforo de personas en los edificios judiciales a un 10% (la limitación actual estaba fijada en un 20%).
- Se suprime el tiempo de acceso a las sedes judiciales de los particulares citados (que estaba establecido en 15 minutos).
- Todo ello sin perjuicio de que cada juez o magistrado decida si permite y qué términos el acceso a la sala de vistas.