La presente Orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOCM. No obstante, las cuantías aprobadas en la presente orden se aplicarán a todas las actuaciones justificadas desde el 1 de enero de 2022 por los profesionales designados de oficio, salvo la cuantía fijada para la Intervención letrada en la Orden de Protección que se aplicará a las efectivamente realizadas desde el 1 de enero de 2022.