Según se expone en su introducción, como consecuencia del extenso periodo de ralentización estructural de la Administración de Justicia por la crisis sanitaria del COVID-19, y tras la aprobación del Plan de Actuación en el Consejo de Ministros de 7 de julio de 2020, con la finalidad de aliviar la acumulación de litigios judiciales es necesario continuar la implantación de un conjunto de actuaciones encaminadas a agilizar y acelerar la reactivación de la actividad judicial ordinaria.
Disposición final tercera. Fechas de entrada en funcionamiento (Comunidad de Madrid):
- 2. Fecha de inicio de actividad de las Secciones en Audiencias Provinciales para el día 31 DE DICIEMBRE de 2021 que a continuación se relacionan:
c) Sección 31.ª de la Audiencia Provincial de Madrid.
- 3.1 El día 31 DE DICIEMBRE de 2021 entrarán en funcionamiento los siguientes Juzgados:
b) Cuatro Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.
Número 9 Arganda del Rey.
Número 5 de San Lorenzo de El Escorial.
Número 7 de Navalcarnero.
Número 8 de Valdemoro.
f) Juzgados de lo Social:
Números 46 y 47 de Madrid.
Disposición final cuarta. Entrada en vigor. El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE.