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Noticia

18/06/2021
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Fuente: Circular 56/21 de 14 de junio
- Inscripciones: hasta el 16 DE JULIO, inclusive.

El Servicio de Notificaciones del ICPM de forma obligatoria tiene que estar abierto para la recogida de aquellas resoluciones dictadas por los distintos órganos judiciales y para las que la Ley prevé la habilidad del mes de agosto.

Por ello, y como en años anteriores, se procede a organizar un Servicio de Guardia en el mes de agosto para tramitar y gestionar las notificaciones que se reciban a nombre de los colegiados que se apunten al mismo y relativas a todos los Juzgados de la Comunidad de Madrid.

Al no ser un servicio esencial que se preste a todos los colegiados sino sólo a los que lo soliciten, debe costearse por quienes hagan uso del mismo. El Servicio de Guardia se organizará y se prestará sólo si lo solicitan al menos 400 colegiados, no pudiendo realizarse si el número fuera inferior. El Procurador que desee inscribirse deberá estar al corriente de las obligaciones colegiales.

Información completa en el área privada de esta misma web, Circular nº 56/21 de 14 de junio.