"1. Se autoriza la realización de las comunicaciones procesales del Tribunal Constitucional por medios electrónicos y telemáticos a través de la plataforma informática del Ministerio de Justicia LexNet, en tanto quede garantizada la constancia de la fecha y hora de la transmisión y recepción, del contenido íntegro de las comunicaciones y de la identidad del remitente y del destinatario de las mismas.
2. Los efectos de los actos de comunicación procesal realizados por dicho medio serán los establecidos en la legislación procesal.
3. Los ciudadanos que no estén asistidos o representados por profesionales jurídicos podrán recibir las comunicaciones procesales de forma ordinaria.
4. Se encomienda a la Secretaría General la programación de las fechas de aplicación del presente acuerdo a los diferentes colectivos profesionales e instituciones afectados."
En ejecución del acuerdo, se dispone:
"1º A partir del 1 DE JUNIO de 2021, el Tribunal Constitucional realizará ACTOS DE COMUNICACIÓN PROCESAL a través del sistema informático LexNet a los usuarios jurídicos integrados en él.
2º LA PRESENTACIÓN DE ESCRITOS, TANTO INICIADORES COMO DE TRÁMITE, deberá seguir realizándose a través del Registro Electrónico del Tribunal Constitucional, accesible a través de la web institucional del Tribunal."