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Noticia

04/11/2020
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Fuente: BOE
- El BOE publica hoy el Real Decreto 956/2020, de 3 noviembre (por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre) y que entrará en vigor el día 9 de noviembre de 2020.

- La prórroga se extenderá desde las 00:00 horas del DÍA 9 DE NOVIEMBRE DE 2020 HASTA LAS 00:00 HORAS DEL DÍA 9 DE MAYO DE 2021.

El Boletín Oficial del Estado publica hoy el Real Decreto 956/2020, de 3 noviembre, por el que se prorroga el estado de alarma, así como la Resolución de 29 de octubre de 2020, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

En su artículo Rendición de cuentas, especifica que el Presidente del Gobierno solicitará su comparecencia ante el Pleno del Congreso de los Diputados, cada dos meses, para dar cuenta de los datos y gestiones del Gobierno de España en relación a la aplicación del Estado de Alarma.
El Ministro de Sanidad solicitará su comparecencia ante la Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados, con periodicidad mensual, para dar cuenta de los datos y gestiones correspondientes a su departamento en relación a la aplicación del Estado de Alarma.
Asimismo, trascurridos cuatro meses de vigencia de esta prórroga, la conferencia de presidentes autonómicos podrá formular al Gobierno una propuesta de levantamiento del Estado de Alarma, previo acuerdo favorable del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud a la vista de la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales y económicos.