Tal y como se expone en su artículado, las funciones de esta Unidad Administrativa serán principalmente el apoyo en la programación, impulso y coordinación de las acciones necesarias para la recuperación y normal funcionamiento de la actividad de los órganos jurisdiccionales del orden social y contencioso-administrativo y los Juzgados de lo Mercantil;
Realizará el seguimiento y control de los planes concretos de actuación en relación con los Juzgados y con los funcionarios incluidos en dichos planes; y otras funciones que como consecuencia directa o indirecta del COVID-19 sean necesarias para el apoyo y soporte en la implantación de planes y medidas en la recuperación de actividad, transformación y gestión del cambio en el ámbito de la Administración de Justicia.
- La Unidad Administrativa se constituirá al día siguiente de dictarse la Instrucción que regule su funcionamiento y mantendrá su actividad, en principio, hasta el 31 de diciembre de 2021.
- La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.