El BOE de hoy publica el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia. En su exposición de motivos se indica que el trabajo a distancia, entendido como trabajo que se realiza fuera de los establecimientos y centros habituales de la empresa, y del cual el teletrabajo es una subespecie que implica la prestación de servicios con nuevas tecnologías, ha sido objeto de regulación tanto en el ámbito interno como en el ámbito comunitario e internacional.
Entrada en vigor: 1. El presente real decreto-ley entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE, sin perjuicio de lo establecido en su disposición adicional séptima. 2. No obstante, las disposiciones adicionales tercera, cuarta, quinta y sexta, la disposición transitoria cuarta, así como las disposiciones finales cuarta, quinta, octava, novena, décima, undécima y duodécima entrarán en vigor el mismo día de su publicación en el BOE.