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Noticia

12/05/2020
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En el día de ayer, 11 de mayo, el Consejo General del Poder Judicial nos daba traslado del acuerdo por el que se adoptan los criterios generales que ha elaborado, entre otras cosas, para la habilitación del mes de agosto que se concentran en:

- Limitar en lo posible las vistas orales, sin perjuicio de de la celebración de aquellas vistas orales cuya urgencia venga establecida con anterioridad en las leyes procesales.
- Comunicar a las partes los señalamientos para dicho periodo con la suficiente antelación, preferiblemente antes del 15 de junio.
- Reducir al mínimo esencial la práctica de notificaciones cuyo plazo precluya entre el 11 y 31 de agosto.
- La concentración en el mes de agosto del periodo de disfrute de vacaciones de jueces y magistrados para poder intensificar en los meses de julo y septiembre la celebración de juicios y comparecencias.

Estos criterios se adoptan para homogeneizar la aplicación del RD-Ley 16/2020 de 28 de abril en franca colaboración entre el Ministerio de Justicia y el CGPJ para la adopción de las medidas procesales y organizativas necesarias que permitan hacer frente a la situación que en la Administración de Justicia ha generado el COVID-19.

Este acuerdo es la manifestación de que el Ministro de Justicia y el Consejo General del Poder Judicial han sido sensibles a las reivindicaciones de los profesionales del Derecho, y en especial de los Abogados, Graduados Sociales y Procuradores. Por ello, desde el ICPM queremos agradecer a Juan Carlos Campo, ministro de Justicia, el trabajo realizado para favorecer que los profesionales puedan conciliar su vida familiar y su derecho al descanso, toda vez que estos criterios organizativos nos permiten prever un número muy reducido de vistas y notificaciones, siempre con la voluntad constante de colaboración con la Administración de Justicia para la defensa de los derechos de los ciudadanos.