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Noticia

06/04/2020
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Queremos compartir con todos los colegiados el contenido de las cartas que nuestro decano, Gabriel Mª de Diego, y la Junta de Gobierno han dirigido al Ministro de Justicia y al presidente del CGPJ para solicitar, en nombre de la procura madrileña, la adopción de medidas organizativas y servicios mínimos imprescindibles con el fin de evitar o, al menos, reducir dilaciones ante un más que posible colapso que puede producirse tras el levantamiento de las medidas restrictivas derivadas del estado de alarma, y en base a la siguiente exposición de motivos que concretamos en dos puntos:

a) Que se levante la prohibición de presentación, al menos, de los escritos de demanda, así como los recursos de apelación y casación, y resto de escritos -qué es, por cierto, lo que ha acordado el Tribunal Constitucional en relación con cualesquiera de los escritos dirigidos al mismo-, sin perjuicio, por supuesto del mantenimiento de la suspensión e interrupción de los plazos procesales.

Una vez presentados por Lexnet los escritos de demanda podrían ser repartidos en los Decanatos correspondientes y llegarían al Juzgado al que por turno se adjudicarán los cuales podrían iniciar su trámite. Del mismo modo en cuanto a los recursos de apelación y casación podría iniciarse su tramitación en la oficina judicial.

b) Que los Juzgados pudieran notificar vía Lexnet, con el objeto, como la propuesta anterior, de evitar la acumulación de notificaciones, que se dilatarían en el tiempo, al final del estado de alarma.

Entendemos, con todo respeto, que se trata de propuestas razonables, conformes con la situación actual, en beneficio del interés general y en particular de los justiciables, a las que pretendemos contribuir y a las que el Ministerio de Justicia con el Consejo General del Poder Judicial podrían dar respuesta articulando las medidas organizativas y de establecimiento de turnos en los Juzgados y Tribunales que correspondan, garantizando así los servicios mínimos imprescindibles para el funcionamiento de los mismos que permita la presentación de los escritos y la práctica de las notificaciones.