ICPM, síguenos en Facebook ICPM, síguenos en Twitter

Noticia

28/03/2020
Comparte en Facebook Comparte en Twitter Comparte en LinkedIN Comparte en Whatsapp
Facilitamos enlace a la resolución de 25 de marzo del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y que aparece publicado en el BOE nº 86 con fecha de hoy, sábado 28 de marzo:

Primero.
Se autoriza la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Segundo.
DICHA PRÓRROGA SE EXTENDERÁ HASTA LAS 00:00 HORAS DEL DÍA 12 DE ABRIL y se someterá A LAS MISMAS CONDICIONES establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, modificado por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, con la modificación que se recoge en el apartado tercero.

- TODO LO CUAL SUPONE QUE SE MANTIENE LA SITUACIÓN, LA SUSPENSIÓN DE LOS TÉRMINOS Y PLAZOS PROCESALES.

Tercero.
Se acuerda la modificación por el Gobierno del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en el sentido de añadir una nueva disposición adicional con el siguiente tenor: «De acuerdo con lo establecido en el apartado uno del artículo octavo de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, el Gobierno remitirá semanalmente al Congreso de los Diputados información documental estructurada de la ejecución de las distintas medidas adoptadas y valoración de su eficacia para contener el virus COVID-19 y mitigar su impacto sanitario, económico y social.»

Enlace al documento: