A tal fin, y por si fuera de utilidad, facilitamos modelo que deberá ser cubierto día a día y firmado por el trabajador al finalizar cada jornada y al término del mes también por el empresario. Como decimos, el registro debe ser diario, por lo que tiene que cubrirse día a día con las entradas y salidas, así como horas extras si las hubiese. Además, están también están válidamente aceptados por la Inspección de Trabajo los registros electrónicos que recojan y garanticen las horas de entrada y salida de cada trabajador, mediante sistemas de fichaje, etc.
La empresa conservará los registros durante 4 años y permanecerán a disposición del trabajador, sus representantes legales o Inspección de Trabajo.
Recordamos finalmente que el SERVICIO DE ASESORÍA LABORAL DEL ICPM está a disposición de todos los colegiados.