En la misma se recoge que su objetivo es la actualización del anexo II del precitado Reglamento manteniendo, no obstante, el esquema básico diseñado en aquella norma, que establece módulos y bases de compensación, en función de cada una de las actuaciones singulares realizadas ante los tribunales.
Asimismo también se indica que esta actualización busca atemperar la depreciación económica sufrida a lo largo de los últimos años, como consecuencia de la congelación de los módulos compensatorios de las actuaciones desempeñadas por abogados y procuradores, así como atender, en la medida de las disponibilidades presupuestarias actuales, a la mayor complejidad y dedicación que exige la evolución del ejercicio del derecho de defensa ante los tribunales. No en vano, resulta innegable que la garantía de una asistencia jurídica de calidad debe verse amparada por una adecuada compensación del trabajo realizado por quienes materializan, en favor de las personas más desfavorecidas, el derecho a la tutela judicial efectiva mediante su defensa y representación en el proceso.
Los nuevos módulos y bases de compensación económica serán de aplicación a las actuaciones profesionales realizadas a partir del 1 de enero de 2018.