Esta Guía -tal y como recoge su introducción- es puramente orientativa y carece por completo de imperatividad u obligatoriedad para los órganos judiciales militares, sus titulares y el personal que los sirve, los demás operadores jurídicos y, en general, las personas y organismos que participan en la tramitación de los procedimientos judiciales militares o se ven afectados por ellos.
Las recomendaciones que en esta Guía se realizan son fruto del intercambio de experiencias y de las lecciones aprendidas, y se dirigen, como su título indica, a lograr la aceptación e implantación de buenas prácticas que conduzcan a la eficacia, eficiencia y previsibilidad de los resultados que se esperan de la administración de la justicia militar, para hacer realidad la tutela judicial efectiva que reclama nuestra Constitución.
No debe olvidarse que la LOCOJM y la LOPM modelaron una jurisdicción militar que en su configuración y funcionamiento se ajustara a los principios constitucionales, con el resultado de que los tribunales y juzgados militares por dichas normas establecidos presentan tantas diferencias con la antigua jurisdicción castrense como similitudes con los demás órdenes jurisdiccionales españoles.