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Noticia

13/02/2018
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En relación con la sentencia del TSJ de Madrid de fecha 7 de febrero de 2018, que confirma la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 34 de Madrid por la que se anulaba la proclamación de candidatos electos a la Junta de Gobierno del ICPM de 24 de febrero de 2015, y por tanto el resultado de las elecciones de la Junta de Gobierno actual,

COMUNICA

1. Que la Sala 3ª del Tribunal Supremo en su sentencia de 15 de junio de 2015 declaró la nulidad de los Estatutos del ICPM de 2011 (publicados en el BOCM nº 20 de 25 de enero de 2011), esencialmente por un defecto de forma consistente en no haber sido revisados los mismos por el Consejo General de Procuradores de España para su aprobación y posterior remisión a los órganos competentes de la Comunidad de Madrid.

2. Que la Sección 6ª del Tribunal Superior de Justicia (Sala de lo Contencioso-Administrativo) en su sentencia de 7 de febrero de 2018, teniendo en cuenta la citada Sentencia del Tribunal Supremo, se pronunció básicamente sobre las siguientes solicitudes de nulidad:

- Voto en la sede del ICPM (acuerdo de 09.02.2015)
- Voto por correo (acuerdo de 06.03.2015)
- Inadmisión de recurso de reposición (12.06.2015)
- Proclamación de Electos (24.02.2015)

3. Que el TSJ finalmente resolvió en su sentencia de 7 de febrero de 2018 favorablemente a la solicitud de nulidad de los actos que se hubieran dictado al amparo de los Estatutos anulados por el Tribunal Supremo, nulidad que tiene efectos ?ex tunc? desde la aprobación del Estatuto de 2011, afectando a todos los actos subsiguientes que al mismo conciernen, SI NO FUERAN FIRMES. Así concluye que la declaración de nulidad se extiende a los actos examinados en la medida en que se dictan al amparo de los Estatutos de 2011 que han sido anulados.

En consecuencia,

Que si bien, no es firme la sentencia de la Sección 6ª del Tribunal Superior de Justicia del día 07.02.2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo), el Excmo. Sr. decano del ICPM, Don Gabriel Mª. de Diego Quevedo y los miembros de su Junta de Gobierno han presentado SU DIMISIÓN, lo que dará lugar a la constitución de una Junta Provisional designada de entre los colegiados ejercientes de mayor antigüedad, que convocará las próximas elecciones, tal y como se prevé en los Estatutos del Consejo General de Procuradores de España y del Ilustre Colegio de procuradores de Madrid.

El decano del Ilustre Colegio de Procuradores y su Junta de Gobierno desean manifestar por la presente su voluntad de presentarse a las nuevas elecciones.

En Madrid a 13 de febrero de 2018