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Noticia

17/07/2017
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Fuente: www.elderecho.com
Poco después de cumplirse los dos años de vigencia de la prisión permanente revisable, en vigor desde el 1 de julio de 2015, se ha aplicado por primera vez en nuestro país esta pena, la más grave de las previstas en el Código Penal, en el conocido caso del ?parricida de Moraña?, condenado por un tribunal popular de la Audiencia Provincial de Pontevedra por dos delitos de asesinato, castigados cada uno de ellos con prisión permanente revisable.

En este caso, el acusado confesó los hechos, el doble asesinato de sus dos hijas, de cuatro y nueve años de edad, utilizando para ello una sierra radical, luego de haberlas drogado con ciertos fármacos, hechos que sucedieron pocas semanas después de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2015, que incorporó a nuestro sistema penal aquella pena.

La condena tuvo lugar luego del veredicto unánime de culpabilidad emitido por el jurado, dado que el acusado había confesado y aceptado todos y cada uno de los hechos imputados. Se trata, además, de una sentencia firme, luego inmodificable, dado que las acusaciones y la defensa manifestaron su intención de no recurrirla, por lo que la Magistrada presidente del Tribunal del Jurado pudo decretar su firmeza.

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