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Noticia

04/04/2017
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La Junta de Gobierno del ICPM en su sesión celebrada el día de ayer 3 de abril, acordó por unanimidad aprobar las NORMAS PROVISIONALES DEL SERVICIO DE ACTOS DE COMUNICACIÓN del Colegio, solo con el fin de lograr el buen funcionamiento de los servicios colegiales.

Se da así cumplimiento a la Sentencia, que no es firme pues cabe recurso de casación, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid que ha estimado en parte el recurso presentado y declarado la nulidad del Reglamento 3/2015 de 6/07/2015.

Contra el presente acuerdo cabe recurso de alzada ante la Comisión de Recursos de ICPM.

Texto completo de las Normas Provisionales del SAC, en el área privada de esta misma web, sección Info/Actualidad/Documentos así como en la sección Reglamentos Internos.