El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha aprobado el día 10 de marzo un Real Decreto por el que se crean 16 plazas de magistrados para hacer efectiva la segunda instancia penal que consagra el derecho al recurso de apelación frente a una condena emanada de cualquier órgano jurisdiccional.
La segunda instancia penal ya está recogida en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que España ratificó en abril de 1977 y que establece con claridad el derecho de cualquier persona condenada por un delito a que tanto el fallo condenatorio, como la pena impuesta se sometan a un tribunal superior.
En nuestro derecho existe esta segunda instancia penal contra las sentencias y autos dictados por los jueces de Instrucción y de lo Penal que se recurren tradicionalmente en apelación ante la Audiencia Provincial. Sin embargo, nuestra legislación no contemplaba esta figura respecto a las sentencias dictadas en primera instancia por la propia Audiencia Provincial y la Audiencia Nacional.
Con la introducción de la segunda instancia penal que se materializa con este Real Decreto:
- Se mejoran las garantías de los ciudadanos ante la Justicia al reforzarse los recursos procesales en el ámbito penal.
- Nuestro país cumple plenamente con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
- La vía ordinaria de recurso culmina por primera vez en cada Comunidad Autónoma, reforzando el ámbito procesal penal de los Tribunales Superiores de Justicia.
- El Tribunal Supremo, a través del recurso extraordinario de casación, recupera además su función propia de introducir uniformidad y seguridad jurídica en el sistema penal, contribuyendo a la descongestión de los asuntos tramitados por el mismo.
La atención a las necesidades de esta nueva figura jurisdiccional justifica la creación de 16 nuevas plazas de magistrado que se distribuirán en tres plazas para la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional y las 13 restantes para las Salas de lo Civil y de lo Penal de determinados Tribunales de Justicia.
La distribución incluye tres plazas para el TSJ de la Comunidad de Madrid.
Por su parte, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial aprobó el día 7 de marzo el informe al proyecto de Real Decreto por el que se hace efectiva la implantación de la segunda instancia penal, en el que se advierte de que la previsión de plazas de magistrado para las nuevas Secciones de Apelación que se crearán en los Tribunales Superiores de Justicia de Andalucía, Cataluña y la Comunidad Valenciana puede ser insuficiente para atender el previsible incremento de la carga de trabajo.
Además dicho informe señala la conveniencia de que la fecha de la efectividad de la dotación de las plazas que se creen en los Tribunales Superiores de Justicia coincida con la de las tres plazas previstas para la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, es decir, el próximo 1 de junio y estima que el tiempo que resta ?permite un lapso temporal razonable? para adoptar las medidas necesarias para la provisión efectiva de esas plazas.