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Noticia

16/01/2017
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Fuente: CONFILEGAL.com
Facilitamos enlace a la noticia de CONFILEGAL que recoge, entre otras, las siguientes manifestaciones:

- Nuestros órganos jurisdiccionales tendrán que declarar nulos todos aquellos pactos contrarios a las disposiciones legales que regulan los aranceles de los procuradores. Así ha quedado plasmado en la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 8 de diciembre de 2.016 de los asuntos acumulados C-532/15 y C-538/15.

- La mencionada sentencia no solo ha mantenido la vigencia de los aranceles de los procuradores establecidos en el Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre modificado por el Real Decreto 1/2006 por estar acorde con el derecho de la Unión Europea, sino que hay ido más allá y establece como imperativas sus disposiciones, lo que supone su vinculación no solo para los profesionales implicados, sino también para todos los jueces y tribunales de la Administración de Justicia.

- De esta forma se termina con todos aquellos pactos que menoscaben el arancel fijado legalmente, poniendo punto final a todos aquellos acuerdos regularmente impuestos por parte de los prestatarios de los servicios de este grupo de profesionales cuya importancia de su labor resulta imprescindible en el marco de un procedimiento judicial.