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Noticia

29/12/2015
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Como continuación a la información remitida a través de las Circulares nº 159/15, nº 206/15 y la última nº 212/15 de fecha 30 de diciembre, indicaros que el Anexo IV a la Instrucción del Secretario de Gobierno del Tribunal Supremo, tiene varias excepciones:

- 1ª En cuanto a las Salas 3ª y 5ª del Alto Tribunal, respecto a los escritos de trámite y documentos, se exige la presentación de doble vía desde el 1 de enero hasta el día 15 de enero del 2016 (ambos inclusive), a partir del día 16 de enero será únicamente obligatoria la vía telemática.

- 2º Respecto a los escritos iniciadores ante todas las Salas del Tribunal Supremo, se exige la presentación de doble vía desde el día 1 de enero al 15 de enero de 2016 (ambos inclusive), a partir del día 16 de enero será únicamente obligatoria la vía telemática.