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Noticia

13/01/2015
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Por Acuerdo de la Junta de Gobierno, de fecha 12 de enero del actual, y en virtud de lo dispuesto en el Art. 47 del vigente Estatuto corporativo, y a fin de proceder a la renovación completa de todos los miembros de la Junta de Gobierno, se convoca JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA, a celebrar el DÍA 24 DE FEBRERO DE 2015, a las 15'30 horas, en primera convocatoria y a las 16'00 horas, en segunda, en el Salón de Actos de los Juzgados de Plaza de Castilla, para la elección de la Junta de Gobierno, con arreglo al siguiente Orden del Día.

PUNTO ÚNICO.- Elección de los cargos de DECANO, VICEDECANO, TESORERO, CONTADOR, SECRETARIO, VICESECRETARIO y VOCALES PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO, CUARTO, QUINTO, SEXTO, SÉPTIMO y OCTAVO.

A continuación, se indican los requisitos exigidos a los candidatos y ylas normas electorales:

Primero.- Según dispone el Art. 43 del Estatuto corporativo, para ser candidato a cualquiera de los cargos de la Junta de Gobierno, será requisito indispensable hallarse en el ejercicio de la profesión y contar con cinco años de ejercicio ininterrumpido, salvo el cargo de Decano que requerirá diez años.

Además, no deben estar incursos en ninguna de las siguientes situaciones:

a) Estar condenados por sentencia firme, que lleve aparejada la inhabilitación o suspensión para cargos públicos, en tanto éstas subsistan.

b) Haber sido sancionados disciplinariamente por cualquier Colegio de Procuradores, mientras no hayan sido canceladas las sanciones.

Asimismo, ningún colegiado podrá presentarse, como candidato, a más de un cargo de los que hayan de ser elegidos en la misma convocatoria.

Segundo.- Según dispone el Art. 52 del vigente Estatuto, el voto se podrá ejercer personalmente o por correo.
La votación por correo requiere que quede constancia del envío, se acredite la identidad del votante, se garantice el secreto del voto y sea recibido por la Junta Electoral antes de la finalización de la votación.

El procedimiento de votación por correo se ajustará a los siguientes requisitos:

a) Con una antelación mínima de diez días, remitirá su voto en la papeleta oficial, que introducirá en un sobre, que será cerrado y, a su vez, introducido en otro mayor, en el que también se incluirá una fotocopia del documento nacional de identidad del elector, quien firmará sobre la misma.

b) El voto se presentará en cualquiera de los registros y oficinas públicas previstas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiendo constar la fecha de la presentación. El envío se hará a la sede del Colegio de Procuradores, haciendo constar junto a las señas: "Para la Junta Electoral". El Colegio registrará la entrada de estos envíos y sin abrir el sobre se entregará a la Junta electoral el día de la votación.

El día anterior a la celebración de las elecciones será el último día hábil para recibir el voto por correo. Todo elector podrá revocar su voto por correo compareciendo a votar personalmente. En tal caso, el sobre será destruido en el mismo acto y en su presencia.

Tercero.- Una vez hecha la proclamación de candidaturas por parte de la Junta Electoral, serán aquéllas publicadas a todos los colegiados con antelación suficiente al comienzo de las elecciones. [Art. 50].

El calendario electoral acompaña a la circular 7/15, remitida a todos los colegiados.