El citado Real Decreto-Ley busca, según su Exposición de Motivos, ofrecer una atención especial, ante las circunstancias excepcionales que atraviesa nuestro país, motivadas por la crisis económica y financiera, a las numerosas personas que contrataron un préstamo hipotecario para la adquisición de su vivienda habitual y se encuentran en dificultades para hacer frente a sus obligaciones.
Su objeto es la adopción de medidas que contribuyan a aliviar la situación de los deudores hipotecarios en los que concurran una serie de circunstancias tasadas en el texto de la norma referida.
Esta norma será de aplicación a los procesos judiciales o extrajudiciales de ejecución hipotecaria que se inicien a partir del 16 de noviembre de 2012. Así mismo será de aplicación a los procesos ya iniciados antes de esa fecha en los que no se hubiese ejecutado el alzamiento.