Bajo este titular, el magistrado y exvocal-portavoz del Consejo General del Poder Judicial, Enrique López, publica, hoy día 8, su habitual TRIBUNA en el diario LA RAZON.
Se trata de una seria reflexión sobre el conjunto de profesionales que intervienen en la Administración de Justicia y que resultan de vital importancia en el correcto funcionamiento de la acción jurisdiccional.
Como es lógico, hay expresa referencia a los procuradores. Dado el interés de la misma y para su completo conocimiento, ofrecemos a continuación un enlace de acceso al texto íntegro de la citada TRIBUNA.
Según datos procedentes de los informes elaborados por el Consejo General del Poder Judicial, a 31 de diciembre del pasado año, más de 2 millones y medio de sentencias están pendientes de ejecución, lo que no hace más que reflejar la urgente necesidad de reformar este medular ámbito de la Administración de Justicia, en la media que afecta sustantivamente a la eficiencia y agilización que la sociedad espera de la misma y repercute muy negativamente en su imagen global.
Los procuradores llevamos tiempo ofreciéndonos como solución a este trascendental problema, arbitrando para ello la fórmula de un modelo de ejecución delegada, sobradamente contrastado en los países de nuestro entorno en la figura del huissier de justicia, para la cual nos reconocemos sobradamente cualificados a tenor de nuestra especialización procesal y experiencia en la gestión del procedimiento que, con esta delegación, alcanzaría todo su desarrollo, desde la interposición de la demanda, hasta la culminación ejecutiva de la sentencia.
Con esta propuesta, la agilización de esta fase del procedimiento, la ejecución de la sentencia, resultaría muy significativa, al tiempo que representaría un importante ahorro económico para la Administración de Justicia.
La Junta de Gobierno del ICPM considera de urgente interés comunicar que en el BOE nº 77 de 30/03/2013 se ha publicado la Orden HAP/490/2013 de 27 de marzo que modifica la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el nuevo modelo 696 adaptado a las modificaciones aprobadas por el Real Decreto-Ley 3/2013.
El R.D. Ley 3/2013 entró en vigor el 24 de febrero y estableció, entre otras cuestiones, lo siguiente:
-Una cuota variable del 0.1% para las personas físicas.
-Una reducción para los recursos contencioso administrativos de cualquier tipo de contribuyente por el cual se impugnen sanciones, no pudiendo superar la tasa el 50% de la sanción recurrida.
-Una exención parcial para funcionarios en los procedimientos para defensa de sus derechos estatutarios.
El R.D. Ley, en su Disposición final séptima, establecía que los procedimientos antedichos presentados entre la aprobación del R.D. Ley y la entrada en vigor de la Orden que aprobase el nuevo modelo 696, liquidarían la tasa a lo largo de los 15 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de dicha Orden.
Por lo tanto, por los procedimientos antedichos presentados entre el lunes 25 de febrero (primer día hábil desde la entrada en vigor del R.D. Ley el 24/02/2013) y el miércoles día 27 de marzo (último día hábil en Madrid anterior a la aprobación del nuevo modelo 696), por los que no se hubiera liquidado tasa por no estar disponible el modelo, se deberá liquidar y luego presentar ante el Secretario el nuevo modelo 696 a lo largo de los 15 días hábiles contados a partir del domingo 31 de marzo.
Por tratarse de una norma de carácter tributaria, se entiende por días hábiles los días de diario y los sábados. Conforme este cómputo, el plazo para la presentación del modelo 696 empieza el lunes, 1 de abril y termina el jueves, 17 de abril, (ambos incluidos).
Cumplido el plazo sin haber liquidado la tasa, el Secretario requerirá para que en el plazo de otros 10 días se subsane la falta de presentación.
Así mismo, se ha modificado el modelo 695 previsto para la devolución de cuotas en los supuestos de: allanamiento total, haber alcanzado un acuerdo que ponga fin al proceso, por reconocimiento total de las pretensiones del demandante en vía administrativa y por acumulación de procesos. El modelo se podrá presentar a partir del 1 de junio de 2013.
El texto de la citada Orden, se puede encontrar en el siguiente enlace: http://www.boe.es/boe/dias/2013/03/30/pdfs/BOE-A-2013-3435.pdf
Dada la aceptación alcanzada por las anteriores sesiones formativas de AULA, entendida como lugar de encuentro de Procuradores donde compartir conocimientos y experiencias sobre temas de la praxis diaria, la Comisión de Formación ha programado la celebración de las siguientes:
Lunes 22 abril 2013, de 13,00 h. a 14.15 h.
Tema: Traslado de Copias
Moderador: Mercedes Espallargas Carbo
Lunes 20 mayo 2013, de 13,00 h. a 14.15 h.
Tema: Custodia de Documentos y Autos Originales
Moderador: Ignacio Melchor Oruña
Lunes 17 junio 2013, de 13,00 h. a 14.15 h.
Tema: Aplicación del Arancel en Ejecuciones
Moderador: Antonio Sorribes Calle
Como en anteriores sesiones, las mismas serán gratuitas y se celebrarán en el Aula del ICPM, c/ Bárbara de Braganza, 6. Dado el aforo limitado de la Sala (30 personas), es OBLIGATORIA la inscripción previa, pudiendo realizarse en la siguiente dirección de correo electrónico: aula@icpm.es. Se confirmará la inscripción.
(Con la colaboración del Consejo General)
Hoy 22 de marzo, se ha celebrado la XLII Jornada Formativa con desayuno, preparada por la Comisión de Formación, que contó, en calidad de ponente, con la presencia de Antonia Sánchez González, trabajadora social, mediadora, especialista en habilidades, para tratar un tema tan útil en el ejercicio de la Procura como es el de las "Habilidades del Procurador: comunicación verbal y no verbal en los Tribunales y en su función como cooperador jurídico".
En la disertación y partiendo del supuesto de nuestra función pública de cooperación con los Tribunales, la ponente planteó la conveniencia y utilidad que supone para los procuradores el desarrollar sus habilidades sociales: cómo convencer, cómo transmitir, cómo persuadir, la necesidad de un lenguaje claro y preciso, la necesidad de conocimiento de la comunicación no verbal, cómo presentarnos de forma conveniente ante las partes del litigio para realizar los actos de comunicación, etc.
Todas estas cuestiones, tratadas en la Jornada certificarán horas válidas a los efectos de adquisición de habilidades para los procuradores que han realizado los cursos destinados a ser mediadores.
(Con la colaboración del Consejo General)