Fuente: Comunicación Comunidad de Madrid
- La Comunidad de Madrid amplía las restricciones a las zonas de Valle de la Oliva en MAJADAHONDA (que se une a la vigente zona básica de Cerro del Aire); y Doctor Tamames y Barrio del Puerto en COSLADA. Así lo ha anunciado hoy el viceconsejero de Salud Pública y Plan Covid-19, Antonio Zapatero, en rueda de prensa.
- Estas tres nuevas zonas básicas de salud permanecerán con limitaciones en el movimiento durante dos semanas, HASTA EL DOMINGO 15 DE NOVIEMBRE INCLUIDO.
- Además, siguen en vigor HASTA EL DOMINGO 8 DE NOVIEMBRE LAS RESTRICCIONES EN LOS 32 NÚCLEOS DE POBLACIÓN ya anunciados la semana pasada que se encuentran en 12 municipios de toda la región: Madrid capital, Collado Villalba, Guadarrama, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón, Parla, Colmenar Viejo, Morata de Tajuña, Torrejón de Ardoz, El Boalo, Villarejo de Salvanés y Colmenar de Oreja.
En Madrid capital son las zonas de Núñez Morgado (distrito de Chamartín), Guzmán el Bueno (Chamberí), San Andrés, San Cristóbal y El Espinillo (Villaverde); Entrevías, Peña Prieta, Pozo del Tío Raimundo, Alcalá de Guadaíra, Rafael Alberti y Numancia (Puente de Vallecas); Daroca (Ciudad Lineal); Vinateros Torito, Pavones y Vandel (Moratalaz); Puerta del Ángel (Latina); Virgen de Begoña (Fuencarral-El Pardo); e Infanta Mercedes y Villaamil (Tetuán). En el resto de municipios de la región son Collado Villalba Pueblo (Collado Villalba), Guadarrama (Guadarrama); Majadahonda-Cerro del Aire (Majadahonda), San Juan de la Cruz (Pozuelo de Alarcón); San Blas y Pintores (Parla); Colmenar Viejo Norte (Colmenar Viejo); zona básica de Morata de Tajuña (Morata de Tajuña); Las Fronteras y Brújulas (Torrejón de Ardoz).
En la zona básica de Manzanares el Real, que afecta a distintos municipios, se establecen las restricciones solo en El Boalo; en la de Villarejo de Salvanés, que también incluye distintas localidades, las medidas son solo para el municipio de Villarejo de Salvanés; e igualmente en la zona básica de salud de Colmenar de Oreja, con varios municipios, las limitaciones se aplican a Colmenar de Oreja.
Reproducimos el contenido del aviso del Juzgado de 1ª Instancia número 7 de Madrid, en relación con la atención presencial y la indicación para dirigirse, preferentemente, a través del correo electrónico: jprins007mad@madrid.org
Fuente: BOCM
El BOCM publica esta misma noche el Decreto 30/2020, de 29 de octubre, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establecen medidas de limitación de entrada y salida en la Comunidad de Madrid, adoptadas para hacer frente a la COVID-19, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, del Consejo de Ministros, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2.
- La medida se hace efectiva a partir de esta próxima medianoche con la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
- La Comunidad de Madrid quedará cerrada perimetralmente entre las 00.00 horas de este viernes y las 00.00 horas del martes, 3 de noviembre.
- En el caso del puente de La Almudena, el cierre es desde las 00:00 horas del viernes 6 de noviembre hasta las 00:00 horas del martes 10.
- La producción de efectos desde las 0:00 horas del 9 de noviembre hasta las 0:00 horas del 10 de noviembre de 2020 queda condicionada a que el Gobierno de la Nación acuerde la prórroga del estado de alarma según la autorización otorgada por el Congreso de los Diputados el 29 de octubre de 2020.
- Los trayectos en tránsito a través de la Comunidad de Madrid quedan permitidos.
- Se mantienen las restricciones en las zonas básicas de salud con más índice de contagios y el resto de medidas contempladas en el Decreto del pasado lunes.
Recordamos que LexNet Justicia informa de la interrupción temporal del servicio ESTE VIERNES 30 de octubre a las 20:00 h, hasta el día 31 a las 01:30 h, por labores de mantenimiento.
Fuente: BOE nº 285, de 28 de octubre
El Boletín Oficial del Estado publica hoy la Orden JUS/997/2020, de 21 de octubre, del Ministerio de Justicia, por la que se crea una Unidad Administrativa en la Administración de Justicia como medida urgente complementaria para hacer frente al COVID-19.
Tal y como se expone en su artículado, las funciones de esta Unidad Administrativa serán principalmente el apoyo en la programación, impulso y coordinación de las acciones necesarias para la recuperación y normal funcionamiento de la actividad de los órganos jurisdiccionales del orden social y contencioso-administrativo y los Juzgados de lo Mercantil;
Realizará el seguimiento y control de los planes concretos de actuación en relación con los Juzgados y con los funcionarios incluidos en dichos planes; y otras funciones que como consecuencia directa o indirecta del COVID-19 sean necesarias para el apoyo y soporte en la implantación de planes y medidas en la recuperación de actividad, transformación y gestión del cambio en el ámbito de la Administración de Justicia.
- La Unidad Administrativa se constituirá al día siguiente de dictarse la Instrucción que regule su funcionamiento y mantendrá su actividad, en principio, hasta el 31 de diciembre de 2021.
- La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.