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25/03/2022
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Fuente: BOE
El BOE publicó el pasado día 15 la Orden PCM/186/2022, de 11 de marzo, con el calendario del período de la hora de verano correspondiente a los años 2022 a 2026. Según se explica en la misma, en septiembre de 2018 se creó una Comisión encargada de la elaboración de un informe sobre la conveniencia de mantener en nuestro país la hora de Europa central. Ello dio lugar a la presentación por la Comisión Europea de una propuesta de Directiva que eliminaba los cambios de hora estacionales. El 20 de marzo de 2019 la Comisión de expertos concluyó, entre otras, que no era aconsejable producir ningún cambio precipitado en los husos horarios mientras no existiese un consenso compartido, y una difusión práctica a la ciudadanía de los riesgos y oportunidades que comporta.

Así, cada cinco años se publicará un calendario con las fechas concretas del cambio de hora mediante Orden del Ministro de la Presidencia, con el único objeto de que ciudadanos, organizaciones privadas y públicas, puedan conocer anticipadamente las fechas del cambio horario anual. En su virtud, se dispone:

- Fecha de comienzo del período de la hora de verano 2022: DOMINGO, 27 DE MARZO.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 2 del Real Decreto 236/2002, de 1 de marzo, el comienzo del período de la hora de verano tendrá lugar a las dos horas de la madrugada (la una hora de la madrugada en Canarias). En ese momento la hora oficial española se adelantará sesenta minutos, por lo que ese día tendrá una duración oficial de veintitrés horas.

- Fecha de terminación del período de la hora de verano: DOMINGO, 30 DE OCTUBRE.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 3 del Real Decreto 236/2002, de 1 de marzo, la terminación del período de la hora de verano tendrá lugar a las tres horas de la madrugada (las dos horas de la madrugada en Canarias). En ese momento la hora oficial española se retrasará sesenta minutos, por lo que ese día tendrá una duración oficial de veinticinco horas.
24/03/2022
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La Junta Electoral, constituida para el desarrollo del proceso electoral convocado por la Junta de Gobierno del ICPM, reunida en el día de ayer 23 de marzo en orden a la celebración del acto de apertura de plicas relativas a las candidaturas presentadas para las elecciones que tendrán lugar el próximo día 21 de abril, adoptó el siguiente acuerdo de proclamación de las siguientes candidaturas en el orden cronológico de presentación:
24/03/2022
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Fuente: BOE
- En particular, los esquemas de identificación que estén disponibles a través del Nodo EIDAS gestionado por la Secretaría General de Administración Digital y accesibles a través del sistema Cl@ve, inclusive los pertenecientes a ciudadanos y ciudadanas de otros países de la Unión Europea. Serán también válidos como sistema de identificación los certificados cualificados siempre que cumplan las condiciones que establece el reglamento eIDAS.

El BOE publica hoy la Resolución de 19 de marzo de 2022, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se establecen las condiciones de uso del certificado electrónico para personas físicas, como mecanismo de identificación y firma de las personas interesadas en las actuaciones realizadas mediante presencia telemática con los órganos judiciales y demás pertenecientes a la Administración de Justicia.

El objeto de esta resolución es establecer los criterios de uso y las condiciones técnicas de implementación de los sistemas de firma electrónica no criptográfica, previstos en el artículo 10.2.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, que se considerarán válidos a efectos de firma en la Administración General del Estado y sus organismos públicos, así como en aquellas otras Administraciones Públicas que adopten estos criterios y condiciones técnicas.

En fecha 26 de mayo de 2021 se dictó, por la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, resolución por la que se habilitaba a Cl@veJusticia y se establecen sus condiciones de uso, como mecanismo de identificación y firma de las personas interesadas en las actuaciones realizadas mediante presencia telemática con los órganos judiciales y demás pertenecientes a la Administración de Justicia, con el objeto de dotar de mayor seguridad jurídica a las actuaciones que se realicen mediante presencia telemática entre la persona interesada y los órganos judiciales u otros pertenecientes a la Administración de Justicia.

En el marco de esta resolución se ha considerado necesario ampliar el reconocimiento del uso de los mecanismos regulados por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, como sistemas de identificación y firma en la Administración de Justicia, conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, vigente conforme a su disposición transitoria segunda.

Por ello se ha tenido a bien establecer estos sistemas de firma no criptográfica, sencillos para la ciudadanía, con un sistema de medidas de seguridad, trazabilidad e integridad suficientes para los procedimientos que hagan uso de él, pero sin necesidad de recordar o tener activa una contraseña ni un certificado electrónico centralizado.
24/03/2022
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La Junta Electoral, constituida para el desarrollo del proceso electoral convocado por la Junta de Gobierno del ICPM, reunida en el día de ayer 23 de marzo y en orden al escrito presentado por el colegiado Luis Argüelles González, adoptó el siguiente acuerdo:
23/03/2022
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Fuente: Circular nº 30/22 de 23 de marzo
Os informamos que este viernes, día 25 de marzo, las delegaciones del ICPM, a excepción de Madrid capital (c/Poeta Joan Maragall, 66), estarán cerradas a partir de las 13 H, debido a que el personal del Colegio ha sido convocado por el Tesorero a una reunión de trabajo.