Fuente: BOE
El BOE publica con fecha de hoy la Ley Orgánica 9/2022, de 28 de julio, por la que se establecen normas que faciliten el uso de información financiera y de otro tipo para la prevención, detección, investigación o enjuiciamiento de infracciones penales, de modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas y otras disposiciones conexas y de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Las once Disposiciones adicionales finales incorporan la reforma de varias leyes, como la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, en cuanto al acceso al Fichero de Titularidades Financieras y, la modificación de la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, en cuanto a su régimen sancionador.
Se introducen tres nuevas Disposiciones finales por las que se modifican también varias leyes, así como la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. En cuanto a la MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL, se modifica el artículo 234, apartado 2. Según se manifiesta en el preámbulo, se acomete la reforma de los delitos de hurto para dar una respuesta adecuada a los casos de multirreincidencia, que permita sancionar más gravemente los casos de hurtos leves no superiores a 400 euros cuando se producen de forma multirreincidente. A estos efectos, para evitar el salto desproporcionado de pena criticado por el Tribunal Supremo, se opta por aumentar la pena de estos delitos de hurto leve, pero sin llegar a la pena de prisión del tipo agravado del artículo 235.1 del Código Penal.
Esta ley entrará en vigor al mes de su publicación en el BOE.
Fuente: BOE
- La ley publicada hoy en el BOE tiene el carácter de ley orgánica. No obstante, tienen carácter de ley ordinaria las disposiciones finales primera y segunda.
- Entrada en vigor: a los veinte días de su publicación en el BOE.
El Boletín Oficial del Estado publica hoy la Ley Orgánica 7/2022, de 27 de julio, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en materia de Juzgados de lo Mercantil.
Según se indica en su preámbulo, la reforma del texto refundido de la Ley Concursal para la incorporación a la legislación española de la Directiva (UE) 2019/1023, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 (Directiva sobre reestructuración e insolvencia), plantea la necesidad de determinados ajustes en el diseño del reparto competencial atribuido a los Juzgados de lo Mercantil, que implican un ajuste en el reparto de materias que actualmente se atribuyen a estos juzgados y, a las secciones especializadas de las Audiencias Provinciales.
Facilitamos copia de la certificación de acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 22 de julio, en relación con el Acta de Junta General de Jueces y que recoge los siguientes puntos:
1. Adaptación de las normas de reparto a la reforma de la Ley de Jurisdicción Voluntaria operada por la "Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica" (...)
2. Revisión de la exención del Juzgado nº 1 (actos de jurisdicción voluntaria), dada su afectación por la citada reforma.
3. Revisión de la exención de incapacidades del Juzgado nº 7, dado que ha
quedado vacía de contenido por la citada reforma.
4. Remisión de atestados por LEXNET por parte de la Guardia Civil (...)
5. Posibilidad de recibir comunicaciones de los juzgados con la Policía Local de Majadahonda y Las Rozas a través del sistema LEXNET.
La Sala de Gobierno del TSJM acuerda:
- Aprobar, de conformidad con lo previsto en los artículos 152.2.1º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y 65 del Reglamento de los Órganos de Gobierno de los Tribunales, la modificación en las normas de reparto de asuntos de orden civil en los términos acordados en dicho acta.
- Aprobar la propuesta de exención acordada en el punto 2º para el Juzgado nº 1 con competencias en materia de Registro Civil, y en el punto 3º, para el Juzgado nº 7 con competencia en Violencia sobre la Mujer.
En el día de hoy se ha procedido al abono a los colegiados de las cantidades pendientes de la Comunidad de Madrid, correspondientes al mes de junio de Turno de Oficio y Justicia Gratuita.
Fuente: Comunicación Poder Judicial TSJM
- La Comunidad de Madrid ha soportado el ingreso de casi una séptima parte de los asuntos ingresados en los juzgados y tribunales españoles en 2021.
- Más del noventa por ciento de los escritos ya se presentan a través de LexNet, si bien el expediente judicial electrónico va más despacio: "No podemos ocultar que todavía no logramos la meta establecida en el llamado Expediente Judicial Electrónico y el objetivo papel cero".
El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Celso Rodríguez Padrón, presentó ayer jueves en una comparecencia pública para los periodistas, la Memoria 2021 que recoge la actividad de los órganos jurisdiccionales de la Comunidad de Madrid en el pasado ejercicio.
Entre los aspectos principales, Rodríguez Padrón adelantó que del análisis de los datos, el balance es que en 2021 se elevó en más de cien mil el número de asuntos entrantes, que llega ya a la cifra de casi un millón de procedimientos ingresados, exactamente 927.624.
Además, la cifra que marca negativamente el balance es el incremento de los asuntos pendientes. En la actualidad, el dato se eleva a más de cien mil con relación al 2019, el ejercicio anterior a la pandemia.
Como complemento a lo que es la exposición estadística básica de la evolución de asuntos, refleja otro dato de enorme importancia: a la fecha de cierre de esta Memoria (contemplando por lo tanto la situación al término del primer trimestre del año en curso) el importe económico correspondiente a los asuntos referidos que se halla depositado en las CUENTAS DE CONSIGNACIONES DE LOS ÓRGANOS JUDICIALES del Tribunal Superior de Justicia de Madrid asciende a 910.406.740,70 euros. Señalándose expresamente que, una suma de trascendente calado que debiera retornar al circuito económico a la mayor brevedad posible.
A preguntas de los periodistas, el presidente concretó que sería necesaria la creación de un centenar de plazas en órganos unipersonales y de medio centenar en órganos colegiados para hacer frente al ingreso y la pendencia que arrastra la región.
A nivel de Comunidades Autónomas, sólo la de Andalucía, con unos ingresos anuales de 1.245.238 asuntos, y la de Cataluña, con una entrada de 1.010.159 asuntos, superan a la de Madrid.
Facilitamos enlace a la Memoria 2021 del TSJM: