Fuente: Circular 68/23 de 19 de junio, y 83/23 de 7 de julio
- Inscripciones: ANTES del 13 DE JULIO.
El Servicio de Notificaciones del ICPM de forma obligatoria tiene que estar abierto para la recogida de aquellas resoluciones dictadas por los distintos órganos judiciales y para las que la Ley prevé la habilidad del mes de agosto.
Por ello, y como en años anteriores, se procede a organizar un Servicio de Guardia en el mes de agosto para tramitar y gestionar las notificaciones que se reciban a nombre de los colegiados que se apunten al mismo y relativas a todos los Juzgados de la Comunidad de Madrid, desde el Salón de procuradores de Madrid capital, c/ Poeta Joan Maragall 66. El ICPM solo tramitará las notificaciones por LexNet de carácter urgente y hábil.
Al no ser un servicio esencial que se preste a todos los colegiados sino sólo a los que lo soliciten, debe costearse por quienes hagan uso del mismo. El Servicio de Guardia se organizará y se prestará sólo si lo solicitan al menos 400 colegiados. El procurador que desee inscribirse deberá estar al corriente de las obligaciones colegiales.
Aquellos colegiados que no se inscriban o no cumplan los requisitos establecidos, deberán acudir al Salón de notificaciones de Poeta Joan Maragall en horario 9:00 a 14:00 h, así como estar pendiente de su buzón de Lexnet.
Información completa e inscripciones, en el área privada de esta misma web, Circulares nº 68/23 de 19 de junio, y 83/23 de 7 de julio.
Como continuación a las informaciones publicadas en esta misma web desde finales de marzo, damos traslado del contenido de la Diligencia de Constancia del decanato con fecha de hoy, comunicando que se ha procedido a enviar a los juzgados las demandas pendientes presentadas hasta el 3 de mayo.
Fuente: Comunicación Poder Judicial
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado hoy que se deberán dejar sin efecto las medidas que se encuentren vigentes en el ámbito de la Administración de Justicia, lo que supone la suspensión de la celebración telemática de actos procesales, las limitaciones en el acceso a las salas de vistas, la dispensa de la utilización de togas o el establecimiento de formas no presenciales de atención al público, entre otras, que estaban previstas en la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19.
Fuente: BOE 5 de julio
El BOE de hoy publica la Orden SND/726/2023, de 4 de julio, con el Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se declara la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19
- Se declara el cese en la aplicación de las medidas contenidas en los capítulos II, III, IV, V (excepto las de su artículo 27), VI y VII y en la disposición adicional quinta de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, y, en particular, de las relativas al uso obligatorio de las MASCARILLAS, y se incluyen recomendaciones sobre protección a la población vulnerable.
- Las TOGAS vuelven a ser obligatorias: la dispensa de la utilización de togas se estableció en el artículo 17 de la Ley 3/2020 de 18 de septiembre, en principio, hasta el 20 de junio de 2021, pero se mantuvo. Desde el ICPM ya se recomendó su uso para la asistencia a juicios y vistas desde septiembre de 2022.
- El presente acuerdo surtirá efectos una vez publicado en el BOE.
Fuente: Circular 78/23 de 4 de julio
- Fecha: jueves 13 de julio
- Hora: 13:00 h
- Lugar: online gratuita
Como continuación a las Circulares núm. 23, 26 y 39 convocamos esta jornada informativa en la que abordaremos, entre otros, los siguientes temas de interés: Expediente Judicial Electrónico y Plataformas tecnológicas.
Enlaces de acceso en la Circular 78/23 de 4 de julio, dentro del área privada de esta misma web.