El ICPM puso a disposición de los asistentes un servicio de préstamo de togas para quien quisiera hacer uso de él.
La Junta de Gobierno del ICPM adoptó en su día un acuerdo en apoyo a la pasarela al RETA de estos colegiados con los siguientes puntos destacados.
a) Permitir la posibilidad, voluntaria y temporal, de trasladar al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos las cantidades cotizadas en la Mutualidad profesional, computándose a los efectos del devengo de pensiones y prestaciones futuras, jubilación incluida, en todo caso, previa ponderación de las cantidades ingresadas y de los períodos cotizados. Respecto al grupo de mutualistas pasivos, equiparar las cantidades que, como prestaciones por jubilación vinieran éstos percibiendo de la Mutualidad, a la pensión contributiva del sistema público de pensiones.
b) Evitar la equiparación fiscal de las cotizaciones/aportaciones realizadas en la Mutualidad al sistema alternativo, al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, con un plan de pensiones complementario.
c) Mejorar las condiciones de jubilación parcial de los profesionales de la procura.
d) Que se tenga en cuenta, en consonancia con lo dispuesto en el apartado 6º de la Exposición de Motivos de la vigente Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, los años del servicio público prestado por los procuradores en materia de asistencia jurídica gratuita y turno de oficio, especialmente en la jurisdicción penal, a los efectos de que la prestación del servicio mencionado se compute como base reguladora de la pensión de jubilación.