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27/01/2021
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- Las tres entidades firman un convenio de colaboración que se propone hacer de la justicia una realidad "más atenta" a este colectivo.

- Asimismo, se comprometen a informar a las personas con discapacidad de la importancia del papel del procurador, en aras a garantizar una mayor seguridad jurídica en el ejercicio de sus derechos en procedimientos judiciales.

El Colegio de Procuradores de Madrid, la Fundación ONCE y el Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid (CERMI Comunidad de Madrid) hemos firmado hoy un convenio de colaboración con el compromiso de hacer de la justicia una realidad "más atenta" hacia las necesidades y especificidades de los ciudadanos con discapacidad.

Concretamente, el acuerdo lo han rubricado José Luis Martínez Donoso, director general de Fundación ONCE; Óscar Moral Ortega, presidente de CERMI Comunidad de Madrid; y nuestro decano, Gabriel M.ª de Diego Quevedo, quienes han coincidido en señalar la importancia de aunar esfuerzos para hacer que la justicia resulte "más cercana y ágil" a las personas con discapacidad.

"Debemos conseguir entre todos que las personas con discapacidad accedan con facilidad a la justicia y, a su vez, que la justicia conozca y entienda las necesidades que pueden tener a veces estas personas a la hora de enfrentarse a procedimientos judiciales", declaró tras el acto de firma Martínez Donoso.

En la misma línea se manifestó Moral, quien señaló la importancia de establecer alianzas con todos los operadores jurídicos, a fin de garantizar el acceso, en igualdad de condiciones, a las personas con discapacidad y sus familias a la administración de justicia.

Finalmente, nuestro decano afirmó que los colegios profesionales están cerca de toda la sociedad "y no debemos dejar de lado a una parte importante de ella", "Vamos a continuar siendo especialmente sensibles con las personas con discapacidad, y apoyando a Fundación ONCE". El decano cedió la palabra a Carmen Giménez, vocal de la Junta de Gobierno del Colegio y coordinadora gral. del Servicio de Representación Procesal del ICPM, quien agradeció el apoyo y la colaboración mutua que se presta a todas las personas con necesidades especiales.

Según se refleja en el convenio, su objetivo es "instrumentar medidas y promover iniciativas y acciones que favorezcan el ejercicio de los derechos, la protección jurídica y la no discriminación de las personas con discapacidad y sus familias".

Resaltamos que las tres entidades se comprometen a informar a las personas con discapacidad de la importancia del papel del procurador, en aras a garantizar una mayor seguridad jurídica en el ejercicio de sus derechos en procedimientos judiciales.

Además, el acuerdo recoge la necesidad de impulsar acciones encaminadas a difundir entre los procuradores de la Comunidad de Madrid la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
25/01/2021
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- El cierre de todos los establecimientos se fija a las 21:00 horas salvo los de servicios imprescindibles
- Se prohíben las reuniones de no convivientes en domicilio salvo que se trate por cuidados de terceras personas
- Establecido un máximo de 4 personas por mesa en hostelería y restauración, tanto en interior como en terrazas
- Escudero recomienda que los mayores salgan a la calle lo imprescindible y destaca la importancia de fomentar el teletrabajo en las empresas
- El Gobierno regional solicita al Ministerio de Sanidad que valore y revise las recomendaciones sobre los tipos de mascarilla ante las nuevas variantes del virus
- La nueva variante británica se duplica cada semana y ya puede suponer el 9% del total de casos en la región
- La Consejería de Sanidad tiene preparada la activación del mando único para organizar todos los recursos de todos los hospitales públicos y privados de la región como una sola red.

Enlace a la noticia:
25/01/2021
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A partir de hoy la Comunidad de Madrid amplía las restricciones de movilidad por el coronavirus a otras nueve zonas básicas de salud (ZBS) y seis localidades, que sumadas a las que ya están en vigor hacen un total de 56 zonas básicas y 25 municipios.

En estas áreas viven más de 1,6 millones de madrileños, el 24% de la población en la región, y en ellas se concentra el 28% de los casos de contagios.

Enlace a la Orden 46/2021, de 22 de enero, de la Consejería de Sanidad, publicada en el BOCM con fecha del sábado 23 de enero, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en la Comunidad de Madrid y se modifica la Orden 1405/2020, de 22 de octubre, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en determinados núcleos de población, como consecuencia de la evolución epidemiológica.
22/01/2021
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Fuente: BOE
Facilitamos enlace al B.O.E. número 17 de 20 de enero de 2021, en el que se publica el Real Decreto-Ley 1/2021, de 19 de enero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, cuya entrada en vigor se produjo ayer, 21 de enero.

En su Disposición final primera se contempla una modificación de importancia en el ámbito de nuestro ejercicio profesional, consistente en la Modificación del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19:

- Uno. Se modifica el título y el apartado 1 del artículo 1 bis, que quedan redactados de la siguiente manera:

Artículo 1 bis. Suspensión durante el estado de alarma del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para personas económicamente vulnerables sin alternativa habitacional en los supuestos de los apartados 2º, 4º y 7º del artículo 250.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, y en aquellos otros en los que el desahucio traiga causa de un procedimiento penal.

1. Desde la entrada en vigor del presente real decreto-ley y hasta la finalización del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, prorrogado por Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, en todos los juicios verbales en los que se sustancien las demandas a las que se refieren los apartados 2.º, 4.º y 7.º del artículo 250.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, y en aquellos otros procesos penales en los que se sustancie el lanzamiento de la vivienda habitual de aquellas personas que la estén habitando sin ningún título habilitante para ello, el Juez tendrá la facultad de suspender el lanzamiento hasta la finalización del estado de alarma.

Estas medidas de suspensión que se establecen con carácter extraordinario y temporal, dejarán de surtir efecto en todo caso en cuanto finalice el estado de alarma declarado por Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, prorrogado por Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre.

- Dos. Se modifican las letras b) y c) del apartado 7 del artículo 1 bis, que quedan redactadas del modo siguiente:

b) Cuando se haya producido en un inmueble de propiedad de una persona física o jurídica que lo tenga cedido por cualquier título válido en derecho a una persona física que tuviere en él su domicilio habitual o segunda residencia debidamente acreditada.

c) Cuando la entrada o permanencia en el inmueble se haya producido mediando intimidación o violencia sobre las personas.
21/01/2021
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Los trámites de audiencia e información pública tienen por objeto recabar la opinión de los ciudadanos titulares de derechos e intereses legítimos afectados por un proyecto normativo ya redactado, también de organizaciones, asociaciones, y otras entidades.

Según información del Ministerio de Justicia, desde hoy se pueden realizar aportaciones en el texto del Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia a través del portal web del Ministerio de Justicia. El correo electrónico para realizar aportaciones: audieinfo.eficienciaprocesal@mjusticia.es

Sin perjuicio de poder formular las aportaciones que estimen convenientes de acuerdo con el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, a través de correo electrónico, también han elaborado un formulario con el fin de facilitar el presente trámite.

El plazo para presentar aportaciones finaliza el 11.2.2021

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